Plazo máximo para Grupo 1 e inicia Grupo 2 en implementación de RIPS en formato JSON
Con la fecha límite acercándose, los prestadores de servicios de salud deben acelerar su transición al formato JSON para el reporte de RIPS y así evitar sanciones y garantizar el flujo de recursos

Publicado: 22 de enero de 2025
El tiempo corre para las entidades de salud clasificadas en el Grupo 1 que, según la Resolución 2275 de 2023, modificada por la Resolución 1884 de 2024, del Ministerio de Salud, debían haber iniciado la presentación de los Registros Individuales de Prestación de Servicios (RIPS) en formato JSON desde el 1 de octubre de 2024. Con el plazo máximo del 1 de febrero de 2025 acercándose rápidamente, el llamado a cumplir con esta normativa es más urgente que nunca.
La adopción del formato JSON supone un avance significativo en la estandarización y digitalización de los datos de atención en salud. Este cambio, aunque progresivo, tiene fechas claras para cada grupo: mientras que el Grupo 1 ya debería estar operando bajo el nuevo estándar, el Grupo 2 y el Grupo 3 tienen como fechas de inicio el 1 de febrero y el 1 de abril de 2025, respectivamente.
Sin embargo, aquellas entidades del Grupo 1 que no hayan obtenido aún el Código Único de Validación (CUV), indispensable para la validación de la información, enfrentan una carrera contrarreloj. Según lo dispuesto, estas entidades debieron formular planes de acción de mejora y ajustarse al nuevo estándar antes de la fecha límite establecida, pues después del 1 de febrero de 2025 no será posible continuar utilizando el formato anterior de la Resolución 3374 de 2000.
El Ministerio ha señalado que, tras el vencimiento del plazo máximo, las entidades que no cumplan con los requisitos enfrentarán mayores niveles de escrutinio por parte de las autoridades de inspección, vigilancia y control. Además, podrían encontrarse con barreras para radicar facturas ante las Entidades Responsables de Pago (ERP), afectando así el flujo de recursos y la sostenibilidad financiera de los servicios.
Ahora bien, de acuerdo a los Listados PSS Y PTS que se encuentran publicados en la página del Ministerio, 858 prestadores del Grupo 1, que iniciaron en octubre anterior, deberán presentar RIPS a través del mecanismo único de validación FEV-RIPS a partir del 01 de febrero de 2025 porque esta es la fecha máxima de su implementación para este grupo. Y por el Grupo 2, a partir de la misma fecha, ingresarán a utilizar el mecanismo 28.029 prestadores, con plazo máximo 01 de abril de 2025:
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GRUPO | CANTIDAD PSS/PTS | INICIO RIPS-JSON | PLAZO MÁXIMO PARA IMPLEMENTAR RIPS-JSON | PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTAR RIPS-TXT POR SERVICIOS ANTERIORES AL INICIO DE JSON |
---|---|---|---|---|
1 | 858 | 1/10/2024 | 1/02/2025 | 31/12/2025 |
2 | 28.029 | 1/02/2025 | 1/04/2025 | 31/12/2025 |
3 | 26.115 | 1/04/2025 | 1/06/2025 | 31/12/2025 |
De otra parte, como arriba se ha mencionado, las entidades de salud incluidas en el Grupo 2 deben iniciar con la presentación de RIPS a través del formato JSON a partir del 01 de febrero de 2025. De igual manera, si no han podido adecuar su logística al nuevo formato, deberán establecer un plan de implementación que debe estar disponible para la revisión de entes de control. El 01 de abril, será el plazo máximo para el Grupo 2 esta implementación.
A pocos días del plazo máximo para el Grupo 1 e inicio del Grupo 2, se recomienda a las entidades del Grupo 1 a cumplir con la normativa, no solo para evitar sanciones, sino también para avanzar hacia un sistema de información en salud más moderno y eficiente. Es crucial que las entidades aceleren sus procesos de validación y formulen los planes de mejora necesarios para garantizar una transición exitosa.
La transformación del sistema de RIPS marca un hito en la gestión de la información en salud, pero exige compromiso y acción inmediata por parte de todas las partes involucradas.
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