ANEXO TÉCNICO No. 6 MANUAL ÚNICO DE GLOSAS, DEVOLUCIONES Y RESPUESTAS
(Actualizado con Resolución 416 de 2009)
DEFINICIONES
Glosa: Es una no conformidad que afecta en forma parcial o total el valor de la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión integral, que requiere ser resuelta por parte del prestador de servicios de salud.
Devolución: Es una no conformidad que afecta en forma total la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión preliminar y que impide dar por presentada la factura. Las causales de devolución son taxativas y se refieren a falta de competencia para el pago, falta de autorización, falta de epicrisis, hoja de atención de urgencias u odontograma, factura o documento equivalente que no cumple requisitos legales, servicio electivo no autorizado y servicio ya cancelado. La entidad responsable del pago al momento de la devolución debe informar todas las diferentes causales de la misma.
Autorización: Es la formalización a través de la emisión de un documento o la generación de un registro por parte de la entidad responsable del pago para la prestación de los servicios requeridos por el usuario, de acuerdo con lo establecido entre el prestador de servicios de salud y la entidad responsable del pago. En el supuesto que la entidad responsable del pago no se haya pronunciado dentro de los términos definidos en la normatividad vigente, será suficiente soporte la copia de la solicitud enviada a la entidad responsable del pago, o a la dirección departamental o distrital de salud.
Respuesta a Glosas y Devoluciones: Se interpreta en todos los casos como la respuesta que el prestador de servicios de salud da a la glosa o devolución generada por la entidad responsable del pago.
Objetivo
El objetivo del Manual único de glosas, devoluciones y respuestas es estandarizar la denominación, codificación y aplicación de cada uno de los posibles motivos de glosas y devoluciones, así como de las respuestas que los prestadores de servicios de salud den a las mismas, de manera que se agilicen los procesos de auditoría y respuesta a las glosas.
Elementos de la codificación
La codificación está integrada por tres dígitos. El primero indica los conceptos generales. Los dos segundos indican los conceptos específicos que se pueden dar dentro de cada concepto general.
General | Específico |
---|---|
6 | 53 |
Tabla No. 1. Codificación Concepto General
Código | Concepto General | Aplicación |
---|---|---|
1 | Facturación | Se presentan glosas por facturación cuando hay diferencias al comparar el tipo y cantidad de los servicios prestados con los servicios facturados, o cuando los conceptos pagados por el usuario no se descuentan en la factura (copagos, cuotas moderadoras, periodos de carencia u otros), o cuando se presenten los errores administrativos generados en los procesos de facturación definidos en el presente manual. |
2 | Tarifas | Se consideran glosas por tarifas, todas aquellas que se generan por existir diferencias al comparar los valores facturados con los pactados. |
3 | Soportes | Se consideran glosas por soportes, todas aquellas que se generan por ausencia, enmendaduras o soportes incompletos o ilegibles. |
4 | Autorización | Aplican glosas por autorización cuando los servicios facturados por el prestador de servicios de salud, no fueron autorizados o difieren de los incluidos en la autorización de la entidad responsable del pago o cuando se cobren servicios con documentos o firmas adulteradas. Se consideran autorizadas aquellas solicitudes de autorización remitidas a las direcciones departamentales y distritales de salud por no haberse establecido comunicación con la entidad responsable del pago, o cuando no se obtiene respuesta en los términos establecidos en la presente resolución. |
5 | Cobertura | Se consideran glosas por cobertura, todas aquellas que se generan por cobro de servicios que no están incluidos en el respectivo plan, hacen parte integral de un servicio y se cobran de manera adicional o deben estar a cargo de otra entidad por no haber agotado o superado los topes. |
6 | Pertinencia | Se consideran glosas por pertinencia todas aquellas que se generan por no existir coherencia entre la historia clínica y las ayudas diagnósticas solicitadas o el tratamiento ordenado, a la luz de las guías de atención, o de la sana crítica de la auditoría médica. De ser pertinentes, por ser ilegibles los diagnósticos realizados, por estar incompletos o por falta de detalles más extensos en la nota médica o paramédica relacionada con la atención prestada. |
8 | Devoluciones | Es una no conformidad que afecta en forma total la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión preliminar y que impide dar por presentada la factura. Las causales de devolución son taxativas y se refieren a falta de competencia para el pago, falta de autorización principal, falta de epicrisis, hoja de atención de urgencias u odontograma, factura o documento equivalente que no cumple requisitos legales, servicio electivo no autorizado, profesional que ordena no adscrito en el caso de servicios ambulatorios de carácter electivo, falta de soportes para el recobro por CTC, tutela, ATEP y servicio ya cancelado. No aplica en aquellos casos en los cuales la factura incluye la atención de más de un paciente o servicios y sólo en una parte de ellos se configura la causal. La entidad responsable del pago al momento de la devolución debe informar todas las diferentes causales de la misma. |
9 | Respuestas a glosas o devoluciones | Las respuestas a glosas y devoluciones se deben interpretar en todos los casos como la respuesta que el prestador de servicios de salud da a la glosa o devolución generada por la entidad responsable del pago. |
Codificación del concepto específico
Los dos dígitos siguientes al dígito del concepto general corresponden a los conceptos específicos relacionados con el concepto general, tales como la estancia, consulta, interconsulta, derechos de sala, materiales, medicamentos, procedimientos y ayudas diagnósticas, entre otros.
Cada concepto específico puede estar en un concepto general o en varios. Cada uno de los conceptos específicos tiene una codificación de dos dígitos.
Tabla No. 2. Codificación Concepto Específico
Código | Concepto Específico |
---|---|
01 | Estancia |
02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
03 | Honorarios médicos en procedimientos |
04 | Honorarios otros profesionales asistenciales |
05 | Derechos de sala |
06 | Materiales |
07 | Medicamentos |
08 | Ayudas diagnósticas |
09 | Atención integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) |
10 | Servicio o insumo incluido en caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico |
11 | Servicio o insumo incluido en estancia o derechos de sala |
12 | Factura excede topes autorizados |
13 | Facturar por separado por tipo de recobro (Comité Técnico Científico, (CTC), accidente de trabajo o enfermedad profesional (ATEP), tutelas) |
14 | Error en suma de conceptos facturados |
15 | Datos insuficientes del usuario |
16 | Usuario o servicio corresponde a otro plan o responsable |
17 | Usuario retirado o moroso |
18 | Valor en letras diferentes a valor en números |
19 | Error en descuento pactado |
20 | Recibo de pago compartido. |
21 | Autorización principal no existe o no corresponde al prestador de servicios de salud |
22 | Prescripción dentro de los términos legales o pactados entre las partes |
23 | Procedimiento o actividad |
24 | Falta firma del prestador de servicios de salud |
25 | Examen o actividad pertenece a detección temprana y protección especifica |
26 | Usuario o servicio corresponde a capitación |
27 | Servicio o procedimiento incluido en otro |
28 | Orden cancelada al prestador de servicios de salud |
29 | Recargos no pactados |
30 | Autorización de servicios adicionales |
31 | Bonos o vouchers sin firma del paciente, con enmendaduras o tachones |
32 | Detalle de cargos |
33 | Copia de historia clínica completa |
34 | Resumen de egreso o epicrisis, hoja de atención de urgencias u odontograma. |
35 | Formato Accidente de trabajo y enfermedad profesional ATEP |
36 | Copia de factura o detalle de cargos de seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT |
37 | Orden o fórmula médica |
38 | Hoja de traslado en ambulancia |
39 | Comprobante de recibido del usuario |
40 | Registro de anestesia |
41 | Descripción quirúrgica |
42 | Lista de precios |
43 | Orden o autorización de servicios vencida |
44 | Profesional que ordena no adscrito |
45 | Servicio no pactado |
46 | Cobertura sin agotar en la póliza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT o del FOSYGA |
47 | Faltan soportes de justificación para recobros (Comité Técnico Científico, (CTC), accidente de trabajo o enfermedad profesional (ATEP), tutelas) |
48 | Informe atención inicial de urgencias |
49 | Factura no cumple requisitos legales |
50 | Factura ya cancelada |
51 | Recobro en contrato de capitación por servicios prestados por otro prestador. |
52 | Disminución en el número de personas incluidas en la capitación. |
53 | Urgencia no pertinente. |
54 | Incumplimiento en las metas de cobertura, resolutividad y oportunidad pactadas en contrato de capitación (Código agregado en Resolución 416 de 2009) |
RESPUESTAS DE GLOSA O DEVOLUCION
96 | Glosa o devolución injustificada |
---|---|
97 | No subsanada (Glosa o devolución totalmente aceptada)1 |
98 | Subsanada parcial (Glosa o devolución parcialmente aceptada) |
99 | Subsanada (Glosa no aceptada) |
En la Tabla No. 3 se presenta la combinación de los códigos generales con los específicos.
Tabla No. 3. Código de Glosa
General | Especif. | Descripción |
---|---|---|
Facturación | ||
1 | 01 | Estancia |
1 | 02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
1 | 03 | Honorarios médicos en procedimientos |
1 | 04 | Honorarios otros profesionales asistenciales |
1 | 05 | Derechos de sala |
1 | 06 | Materiales |
1 | 07 | Medicamentos |
1 | 08 | Ayudas diagnósticas |
1 | 09 | Atención integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) |
1 | 10 | Servicio o insumo incluido en caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico |
1 | 11 | Servicio o insumo incluido en estancia o derechos de sala |
1 | 12 | Factura excede topes autorizados |
1 | 13 | Facturar por separado por tipo de recobro (Comité Técnico Científico, (CTC), accidente de trabajo o enfermedad profesional (ATEP), tutelas) |
1 | 14 | Error en suma de conceptos facturados |
1 | 15 | Datos insuficientes del usuario |
1 | 16 | Usuario o servicio corresponde a otro plan o responsable |
1 | 17 | Usuario retirado o moroso |
1 | 19 | Error en descuento pactado |
1 | 20 | Recibo de pago compartido |
1 | 22 | Prescripción dentro de los términos legales o pactados entre las partes |
1 | 23 | Procedimiento o actividad |
1 | 24 | Falta firma del prestador de servicios de salud |
1 | 25 | Examen o actividad pertenece a detección temprana y protección especifica |
1 | 26 | Usuario o servicio corresponde a capitación |
1 | 27 | Servicio o procedimiento incluido en otro |
1 | 28 | Orden cancelada al prestador de servicios de salud |
1 | 51 | Recobro en contrato de capitación por servicios prestados por otro prestador |
1 | 52 | Disminución en el número de personas incluidas en la capitación |
1 | 54 | Incumplimiento en las metas de cobertura, resolutividad y oportunidad pactadas en contrato de capitación (Código agregado en Resolución 416 de 2009) |
Tarifas | ||
2 | 01 | Estancia |
2 | 02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
2 | 03 | Honorarios médicos en procedimientos |
2 | 04 | Honorarios otros profesionales asistenciales |
2 | 05 | Derechos de sala |
2 | 06 | Materiales |
2 | 07 | Medicamentos |
2 | 08 | Ayudas diagnósticas |
2 | 09 | Atención integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) |
2 | 23 | Procedimiento o actividad |
2 | 29 | Recargos no pactados |
Soportes | ||
3 | 01 | Estancia |
3 | 02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
3 | 03 | Honorarios médicos en procedimientos |
3 | 04 | Honorarios otros profesionales asistenciales |
3 | 06 | Materiales (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
3 | 07 | Medicamentos |
3 | 08 | Ayudas diagnósticas |
3 | 09 | Atención integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) |
3 | 20 | Recibo de pago compartido |
3 | 30 | Autorización de servicios adicional |
3 | 31 | Bonos o vouchers sin firma del paciente, con enmendaduras o tachones |
3 | 32 | Detalle de cargos |
3 | 33 | Copia de historia clínica completa |
3 | 35 | Formato accidente de trabajo y enfermedad profesional ATEP |
3 | 36 | Copia de factura o detalle de cargos del seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT |
3 | 37 | Orden o fórmula médica |
3 | 38 | Hoja de traslado en ambulancia |
3 | 39 | Comprobante de recibido del usuario |
3 | 40 | Registro de anestesia |
3 | 41 | Descripción quirúrgica |
3 | 42 | Lista de precios |
3 | 43 | Orden o autorización de servicios vencida |
Autorización | ||
4 | 01 | Estancia |
4 | 02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
4 | 03 | Autorización honorarios médicos en procedimientos (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
4 | 06 | Materiales |
4 | 08 | Ayudas diagnósticas |
4 | 23 | Procedimiento o actividad |
4 | 30 | Autorización de servicios adicionales |
4 | 38 | Traslado en ambulancia (Código agregado en Resolución 416 de 2009) |
4 | 43 | Orden o autorización de servicios vencida |
4 | 44 | Médico que ordena no adscrito |
Coberturas | ||
5 | 01 | Estancia |
5 | 02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
5 | 06 | Materiales |
5 | 07 | Medicamentos |
5 | 08 | Ayudas diagnósticas |
5 | 23 | Procedimiento o actividad |
5 | 27 | Servicio o procedimiento incluido en otro |
5 | 45 | Servicio no pactado |
5 | 46 | Cobertura sin agotar en la póliza Seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) |
Pertinencia | ||
6 | 01 | Estancia |
6 | 02 | Consultas, interconsultas y visitas médicas |
6 | 03 | Honorarios médicos en procedimientos |
6 | 04 | Honorarios otros profesionales asistenciales |
6 | 05 | Derechos de sala |
6 | 06 | Materiales |
6 | 07 | Medicamentos |
6 | 08 | Ayudas diagnósticas |
6 | 23 | Procedimiento o actividad |
6 | 53 | Urgencia no pertinente |
Devoluciones | ||
8 | 16 | Usuario o servicio corresponde a otro plan o responsable |
8 | 17 | Usuario retirado o moroso |
8 | 21 | Autorización principal no existe no corresponde al prestador de servicios de salud |
8 | 22 | Respuesta a glosa o devolución extemporánea (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
8 | 34 | Resumen de egreso o epicrisis, hoja de atención de urgencias u odontograma |
8 | 44 | Médico que ordena no adscrito |
8 | 47 | Faltan soportes de justificación para recobros (Comité Técnico Científico, (CTC), accidente de trabajo o enfermedad profesional (ATEP), tutelas ) |
8 | 48 | Informe de atención inicial de urgencias |
8 | 49 | Factura no cumple requisitos legales |
8 | 50 | Factura ya cancelada |
Respuestas a Glosas o Devoluciones | ||
9 | 95 | Glosa o devolución extemporánea (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
9 | 96 | Glosa o devolución injustificada |
9 | 97 | No subsanada (Glosa o devolución totalmente aceptada)2 |
9 | 98 | Subsanada parcial (Glosa o devolución parcialmente aceptada) |
9 | 99 | Subsanada (Glosa o devolución no aceptada) |
Manual de Uso
El Manual de Uso está dirigido especialmente al personal encargado en la entidad responsable del pago y del prestador de servicios de salud de las glosas, devoluciones y respuestas a las mismas.
1. Facturación
Se presentan glosas por facturación cuando hay diferencias al comparar el tipo y volumen de los servicios prestados con el tipo y volumen de los servicios facturados, o cuando los conceptos pagados por el usuario no se descuentan en la factura (copagos, cuotas moderadoras, periodos de carencia u otros). También se aplica en los contratos por capitación para el caso de descuentos por concepto de recobros por servicios prestados por otro prestador o cuando se disminuye el número de personas cubiertas por la cápita, o cuando se descuenta por incumplimiento de las metas de cobertura, resolutividad y oportunidad pactadas en el contrato por capitación.(Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 416 de 2009)
101 | Estancia | Aplica cuando: 1. El cargo por estancia, en cualquier tipo de internación, que viene relacionado y/o justificado en los soportes de la factura, presenta diferencia con las cantidades que fueron facturadas. 2. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en estancia que la entidad responsable del pago no tiene que asumir de acuerdo con lo pactado por las partes. |
---|---|---|
102 | Consultas, interconsultas y visitas médicas | Aplica cuando: 1.El cargo por consulta, interconsulta y/o visita médica que viene relacionado y/o justificado en los soportes de la factura, presenta diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 2.En una factura se registra una interconsulta que originó la práctica de una intervención o procedimiento que realizó el mismo prestador. 3. Se cobran consultas o visitas médicas que se encuentran incluidas en los honorarios médicos post-quirúrgicos. 4. Se cobran consultas y/o controles médicos que se encuentran incluidas en los honorarios médicos del procedimiento del parto, según lo pactado entre las partes. 5. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en consultas, interconsultas y visitas médicas que la entidad responsable del pago no tiene que asumir. |
103 | Honorarios médicos en procedimientos | Aplica cuando: 1. Los cargos por honorarios médicos en procedimientos quirúrgicos, de hemodinamia, radiología u otros procedimientos que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 2. Los cargos por honorarios de anestesia que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 3. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en honorarios médicos en procedimientos que la entidad responsable del pago no tiene que asumir. |
104 | Honorarios de otros Profesionales | Aplica cuando: 1. Los cargos por honorarios de los profesionales en salud diferentes a los quirúrgicos y clínicos, que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con las cantidades facturadas. 2. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en honorarios de otros profesionales asistenciales que la entidad responsable del pago no tiene que asumir. |
105 | Derechos de sala | Aplica cuando: 1. Los cargos por derechos de sala que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 2. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en derechos de sala que la entidad responsable del pago no tiene que asumir. |
106 | Materiales | Aplica cuando: 1. Los cargos por materiales que vienen relacionados en el detalle de cargos y/o los soportes, presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 2. Se cobran insumos que ya se encuentran incluidos en el ítem de materiales por grupo o atención integral. 3. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en materiales que la entidad responsable del pago no tiene que asumir. |
107 | Medicamentos | Aplica cuando: 1. Los cargos por medicamentos que vienen relacionados en el detalle de cargos y/o los soportes, presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 2. El prestador de servicios de salud relaciona excedentes en medicamentos que la entidad responsable del pago no tiene que asumir. |
108 | Ayudas diagnósticas | Aplica cuando: 1. Los cargos por ayudas diagnósticas (incluye procedimientos diagnósticos) que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. 2. De acuerdo con la tarifa pactada, se facturen separadamente ayudas diagnósticas incluidas una en otra. |
109 | Atención Integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) | Aplica cuando: El prestador de servicios de salud registra en la factura cargos detallados que sobrepasan el valor pactado por caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico. |
110 | Servicio o insumo incluido en paquete | Aplica cuando: El prestador de servicios de salud registra en la factura cargos adicionales que se encuentran incluidos en un procedimiento de atención integral de acuerdo con lo pactado |
111 | Servicio o insumo incluido en estancia o derechos de sala | Aplica cuando: 1. Se cobran consultas, interconsultas y/o visitas médicas que están incluidas en las estancias de acuerdo con lo pactado. 2. Se cobran insumos que ya se encuentran incluidos en el ítem de derechos de sala o materiales quirúrgicos. 3. El prestador de servicios de salud registra en la factura actividades, procedimientos o servicios que se encuentran incluidos en la tarifa de la estancia de acuerdo con pactado. |
112 | Factura excede topes autorizados | Aplica cuando: La factura presenta excedentes sobre los topes establecidos previamente entre las partes, o excede el saldo disponible del contrato. No aplica en caso de atención inicial de urgencias o cuando se haya emitido autorización. |
113 | Facturar por separado por tipo de recobro (CTC, ATEP, tutelas) | Aplica cuando el prestador en una misma factura, registra servicios que previamente se ha pactado que se facturarán en forma independiente, como facturas de recobro por reaseguro, Comité técnico científico o tutelas. |
114 | Error en suma de conceptos facturados | Aplica cuando la sumatoria de los ítems registrados en la factura presenta diferencias con los subtotales o el total de los servicios facturados, incluyendo los detalles de los soportes comparados con los subtotales de la factura. |
115 | Datos insuficientes del usuario | Aplica cuando el prestador del servicio no relaciona en la factura suficiente información del usuario al cual se le prestó el servicio (nombres, apellidos, identificación, plan o programa, entre otros) necesarios para el registro de información por parte de la entidad responsable del pago. Aplica sólo cuando la factura incluye varios pacientes y se puede tramitar parcialmente la factura y se ha acordado contractualmente. |
116 | Usuario o servicio corresponde a otro plan o responsable | Aplica cuando la factura incluye varios pacientes y es de trámite parcial 1. En la factura se relacionan usuarios o servicios de los cuales uno o varios corresponden a otra entidad responsable y/o a otro plan de beneficios. NOTA: No se pueden relacionar en una misma factura usuarios de diferentes planes de beneficio (POS y medicina prepagada o planes complementarios) así sea de la misma entidad responsable del pago, los cuales deben ser facturados en forma independiente. |
117 | Usuario retirado o moroso | Aplica cuando en la factura se relacionan usuarios que en el momento de la prestación del servicio no está cubierto por la entidad responsable del pago. Aplica sólo cuando la factura incluye varios pacientes y se puede tramitar parcialmente. No aplica cuando la entidad responsable del pago ha emitido la autorización de servicios, o cuando el afiliado acredite el derecho mediante la presentación del comprobante de descuento por parte del empleador. |
119 | Error en descuento pactado | Aplica cuando hay descuentos otorgados, que fueron aplicados de manera diferente a lo pactado. Aplica sólo cuando se puede tramitar parcialmente la factura. |
120 | Recibo de pago compartido | Aplica cuando 1. Los recaudos de bonos, periodos de carencia, o vales que debe efectuar el prestador de servicios, no se realizan o quedan mal liquidados. 2. Los recaudos de cuotas moderadoras, de recuperación o copagos, que efectuó el prestador de servicios, quedan mal liquidados. |
122 | Prescripción dentro de los términos legales o pactados entre las partes | Aplica cuando El prestador presenta el cobro de un servicio en fecha posterior a la establecida en la normatividad vigente o incumpliendo los términos de los acuerdos contractuales. |
123 | Procedimiento o actividad | Aplica cuando: 1. Los cargos por procedimientos o actividades que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura presentan diferencias con las cantidades que fueron facturadas. De acuerdo con la tarifa pactada, se facturen separadamente procedimientos o actividades una en otra. |
124 | Falta firma del prestador de servicios de salud | Aplica cuando 1. La factura no tiene la firma del prestador. |
125 | Examen o actividad pertenece a detección temprana o protección especifica | Aplica cuando: Se factura una actividad de detección temprana y/o protección específica en una factura de servicios asistenciales y esta actividad hace parte de un paquete de servicios de prevención o protección específica. |
126 | Usuario o servicio corresponde a capitación | Aplica cuando se factura por evento un servicio prestado a un usuario capitado. Aplica sólo cuando la factura incluye varios pacientes y se puede tramitar parcialmente. |
127 | Servicio o procedimiento incluido en otro | Aplica cuando se cobran servicios o procedimientos que se encuentran incluidos en otro servicio ya cobrado dentro de la misma u otra factura. |
128 | Orden cancelada al prestador de servicios de salud | Aplica cuando el prestador de servicios de salud factura un servicio ya cancelado en la factura o en otra anterior por parte de la entidad responsable del pago. Aplica sólo cuando la factura incluye varios pacientes y se puede tramitar parcialmente |
151 | Recobro en contrato de capitación por servicios prestados por otro prestador. | Aplica cuando se realizan descuentos al valor a pagar por concepto de capitación, originados en los pagos de servicios incluidos en el contrato de capitación y que por motivo de atención de urgencias, remisión de la IPS contratista o imposibilidad de prestarlo, el servicio es efectivamente prestado por otro prestador. |
152 | Disminución en el número de personas incluidas en la capitación | Aplica cuando el número de personas incluidas en la capitación es disminuido porque una autoridad competente excluye a algunas de las personas de la base de datos de beneficiarios de subsidios. |
154 | Incumplimiento en las metas pactadas en cobertura, resolutividad y oportunidad | Aplica cuando el prestador incumple o no demuestra el cumplimiento en las metas pactadas en cobertura, oportunidad y resolutividad pactadas en el contrato por capitación. El valor de la glosa, será la proporción que se haya acordado, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el acuerdo de voluntades. (Código adicionado por el artículo 6 de la Resolución 416 de 2009) |
2. Tarifas
Se consideran glosas por tarifas, todas aquellas que se generan por existir diferencias al comparar los valores facturados con los pactados.
201 | Estancia | Aplica cuando el cargo por estancia, que viene relacionado y/o justificado en los soportes de la factura, presenta diferencia con los valores que fueron pactados o establecidos normativamente, vigentes al momento de la prestación del servicio. |
---|---|---|
202 | Consultas, interconsultas y visitas médicas | Aplica cuando el cargo por consulta, interconsulta y/o visita médica que viene relacionado y/o justificado en los soportes de la factura, presenta diferencias con los valores que fueron pactados. |
203 | Honorarios médicos en procedimientos | Aplica cuando: 1. Los cargos por honorarios médicos en procedimientos quirúrgicos, de hemodinamia, radiología u otros procedimientos que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con los valores que fueron pactados. 2. Los cargos por honorarios de anestesia que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con los valores que fueron pactados, vigentes al momento de la prestación del servicio. |
204 | Honorarios de otros profesionales asistenciales | Aplica cuando los cargos por honorarios de los profesionales en salud diferentes a los quirúrgicos y clínicos, que vienen relacionados y/o justificados en soportes de la factura, presentan diferencias con los valores pactados. |
205 | Derechos de sala | Aplica cuando los cargos por derechos de sala que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con los valores que fueron pactados. |
206 | Materiales | Aplica cuando los cargos por materiales que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con los valores pactados. |
207 | Medicamentos | Aplica cuando los cargos por medicamentos que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con los valores que fueron pactados. |
208 | Ayudas diagnósticas | Aplica cuando los cargos por ayudas diagnósticas que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura presentan diferencias con los valores pactados. |
209 | Atención Integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) | Aplica cuando el prestador de servicios de salud registra en la factura un mayor valor en el cobro del caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico, o presenta cargos detallados cuya sumatoria final resulta superior a la tarifa pactada. No aplica cuando se haya pactado, o en la normatividad vigente se encuentre establecido el cobro adicional de servicios que exceden el paquete. |
223 | Procedimiento o actividad | Aplica cuando los cargos por procedimientos o actividades que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura presentan diferencias con los valores pactados. |
229 | Recargos no pactados | Aplica cuando en la factura se adicionan cobros de recargos no pactados previamente entre la entidad responsable del pago y el prestador de servicios de salud. |
3. Soportes
Se consideran glosas por soportes, todas aquellas que se generan por ausencia, enmendaduras o soportes incompletos o ilegibles.
301 | Estancia | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian la estancia. |
---|---|---|
302 | Consultas, interconsultas y visitas médicas | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian la consulta, interconsulta y/o visita médica. |
303 | Honorarios médicos en procedimientos | Aplica cuando: 1. Existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian los honorarios médicos en procedimientos quirúrgicos, de hemodinamia, radiología u otros procedimientos que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura. 2. Existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian los honorarios de anestesia que vienen relacionados y/o justificados en la factura. |
304 | Honorarios de otros profesionales asistenciales | Existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian los honorarios de los profesionales en salud, diferente a los quirúrgicos y clínicos, que vienen relacionados y/o justificados en la factura. |
306 | Materiales | Aplica cuando en la descripción quirúrgica no se registran los materiales empleados que sean motivo de cobro adicional a la tarifa establecida para el grupo quirúrgico. (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
307 | Medicamentos | Existe ausencia total o parcial, enmendaduras o ilegibilidad en la hoja de administración de medicamentos o en el comprobante de recibido de medicamentos por parte de los usuarios. Existe inconsistencia en los contenidos de la factura o documente equivalente frente a relacionados en la hoja de administración de medicamentos o en el comprobante de recibido de medicamentos por parte de los usuarios |
308 | Ayudas diagnósticas | Existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian la práctica de ayudas diagnósticas que vienen relacionadas y/o justificadas en los soportes de la factura. Incluye la ausencia de lectura del profesional correspondiente, cuando aplica. |
309 | Atención Integral (caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico) | Existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian las actividades adicionales al caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico. |
320 | Recibo de pago compartido | Aplica cuando se le esté cobrando el 100% de la factura. Aplica cuando no se anexan a la factura los soportes de los bonos, vouchers o vales por periodos de carencia, cuotas moderadoras, de recuperación, copagos, que recibió el prestador de servicios de salud. |
331 | Bonos o vouchers sin firma del paciente, con enmendaduras o tachones | Aplica cuando se evidencia que los vouchers o los bonos presentan enmendaduras, tachones o no se encuentran debidamente firmados por el paciente o un acudiente en el caso de imposibilidad para firmar. Solo aplica en caso de cobro del 100% de la factura a la entidad responsable del pago. |
332 | Detalle de cargos | Aplica cuando: 1. Existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian el detalle de cargos, de los valores facturados. 2. Se anexan detalle de cargos de usuarios diferentes al registrado en la factura. |
333 | Copia de historia clínica completa | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en la copia de la historia clínica completa para el recobro. Aplica sólo en los eventos de alto costo. |
335 | Formato ATEP | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en el formulario del IPAT (Informe del Presunto Accidente de Trabajo), en los casos que los eventos correspondan a un accidente de trabajo o enfermedad profesional ATEP. En caso de no contarse con el IPAT, este soporte se sustituye por el informe que haga el prestador de servicios de salud al asegurador del presunto origen laboral para que el asegurador solicite el formulario. Decreto 2463/2001 Art. 25. |
336 | Copia de la factura o detalle de cargos para excedentes de SOAT | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en las copias de las facturas enviadas a la compañía de seguros SOAT, al encargo fiduciario de FOSYGA con sus respectivos detalles, cumpliendo los topes. |
337 | Orden o fórmula médica | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en la orden y/o fórmula médica. |
338 | Hoja de traslado en ambulancia | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en la hoja de traslado. |
339 | Comprobante de recibido del usuario | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en el comprobante de recibido del usuario como evidencia de haber recibido el servicio. |
340 | Registro de anestesia | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en el registro de anestesia. |
341 | Descripción quirúrgica | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad de la copia de la descripción operatoria de cirugía. |
342 | Lista de precios | Aplica únicamente cuando no existe contrato entre el prestador y el pagador y el prestador debe adjuntar la parte del documento que relaciona los precios de compra del prestador para los medicamentos e insumos incluidos en la factura. No aplica en los casos en que existe contrato entre el pagador y el prestador ya que esta lista de precios debe ser un anexo del contrato, a menos que se requiera actualizar la información. |
4. Autorizaciones
Aplican glosas por autorización cuando los servicios facturados por el prestador de servicios de salud, no fueron autorizados o difieren de los incluidos en la autorización de la entidad responsable del pago o cuando se cobren servicios con documentos o firmas adulteradas. Se consideran autorizadas aquellas solicitudes de autorización remitidas a las direcciones territoriales de salud por no haberse establecido comunicación con la entidad responsable del pago, en los términos establecidos en la presente resolución. (Numeral modificado por el artículo 7 de la Resolución 416 de 2009)
401 | Estancia | Aplica cuando: 1. El número de horas en observación, o días en habitación, que vienen relacionados en la factura presenta diferencia con los días autorizados. 2. El tipo de estancia prestado no corresponde al autorizado. |
---|---|---|
402 | Consultas, interconsultas y visitas médicas | Aplica cuando la consulta, interconsulta y/o visita médica relacionada y/o justificada en los soportes de la factura presenta diferencias con lo autorizado. |
403 | Autorización Honorarios médicos en procedimientos | Aplica cuando la entidad responsable del pago emitió autorización directamente al profesional para la ejecucion del procedimiento y la Institución Prestadora de Servicios de Salud está facturando a su nombre estos honorarios. (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
406 | Materiales | Aplica cuando los materiales que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, presentan diferencias con los autorizados. |
408 | Ayudas Diagnósticas | Aplica cuando las ayudas diagnósticas relacionadas y/o justificados en los soportes de la factura presentan diferencias con lo autorizado. |
423 | Procedimiento o Actividad | Aplica cuando el procedimiento o actividad prestada relacionada y/o justificada en los soportes de la factura, difiere de la autorizada. |
430 | Autorización de servicios adicional | Aplica cuando existe ausencia total o parcial, inconsistencia, enmendaduras o ilegibilidad en los soportes de la factura que evidencian la autorización de algunos servicios no incluidos en el evento principal del plan de manejo o de la solicitud formulada oportunamente por el prestador y no respondida en los términos de la presente resolución No aplica cuando durante la realización de un procedimiento quirúrgico debidamente autorizado, el cirujano considera necesaria la realizacion de un procedimiento adicional derivado de los hallazgos intraoperatorios, siempre y cuando la conducta asumida justifique la realización de dicho procedimiento adicional a la luz de la sana crítica de la auditoría médica.(Código modificado por el artículo 8 de la Resolución 416 de 2009) |
438 | Traslado | Aplica cuando: 1. El traslado en ambulancia no cuenta con la autorización pactada en el acuerdo de voluntades. 2. No aplica en caso de traslados de urgencias. (Código agregado por el artículo 8 de la Resolución 416 de 2009) |
443 | Orden o autorización de servicios vencida | Aplica cuando: 1. La orden o autorización de servicios que se anexa como soporte de la factura ha superado el límite de días de vigencia. 2. La orden o autorización de servicios que se anexa como soporte de la factura ha sido reemplazada por solicitud del prestador de servicios de salud. |
444 | Profesional que ordena no adscrito | Aplica en aquellos casos que se presten servicios ordenados por un profesional que no hace parte del cuerpo médico de la entidad responsable del pago. |
5. Cobertura
Se consideran glosas por cobertura, todas aquellas que se generan por cobro de servicios que no están incluidos en el respectivo plan, hacen parte integral de un servicio y se cobran de manera adicional o deben estar a cargo de otra entidad por no haber agotado o superado los topes.
501 | Estancia | Aplica cuando el número de días en observación o habitación, que vienen relacionados en la factura no están incluidos en el respectivo plan ó hacen parte integral de un servicio y se están cobrando adicionalmente. |
---|---|---|
502 | Consultas, interconsultas y visitas médicas | Aplica cuando la consulta, interconsulta y/o visita médica relacionadas no están incluidas en el respectivo plan ó hacen parte integral de un servicio y se están cobrando adicionalmente. |
506 | Materiales | Aplica cuando los materiales que vienen relacionados y/o justificados en los soportes de la factura, no están incluidos en el respectivo plan ó hacen parte integral de un servicio y se están cobrando adicionalmente. |
507 | Medicamentos | Aplica cuando los medicamentos entregados o relacionados en la hoja de suministro de medicamentos y/o justificados en la factura no están incluidos en el respectivo plan ó hacen parte integral de un servicio y se están cobrando adicionalmente. |
508 | Ayudas diagnósticas | Aplica cuando las ayudas diagnósticas relacionadas y/o justificados en los soportes de la factura no están incluidas en el respectivo plan ó hacen parte integral de un servicio y se están cobrando adicionalmente. |
523 | Procedimiento o actividad | Aplica cuando en la factura se cobra un procedimiento o una actividad que no están incluidos en el respectivo plan ó hacen parte integral de un servicio y se están cobrando adicionalmente. |
527 | Servicio o procedimiento incluido en otro | Aplica cuando se factura por separado un procedimiento incluido en otro ya facturado. |
545 | Servicio no pactado | Aplica cuando en la factura se cobra un servicio que no se encuentra establecido entre las partes. |
546 | Cobertura sin agotar en la póliza (SOAT) | Aplica cuando se facturan servicios a la entidad responsable del pago sin agotar los topes cubiertos por las pólizas de Seguro Obligatorio de accidentes de tránsito y el administrador fiduciario de FOSYGA. |
6. Pertinencia
Se consideran glosas por pertinencia todas aquellas que se generan por no existir coherencia entre la historia clínica y las ayudas diagnósticas solicitadas o el tratamiento ordenado, a la luz de las guías de atención, o de la sana crítica de la auditoría médica. De ser pertinentes, por ser ilegibles los diagnósticos realizados, por estar incompletos o por falta de detalles más extensos en la nota médica o paramédica relacionada con la atención prestada.
601 | Estancia | Aplica cuando el cargo por estancia, sea ésta en observación o, habitación, que viene relacionado en los soportes de la factura, no es pertinente o no tiene justificación médica para el cobro. |
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602 | Consultas, interconsultas y visitas médicas | Aplica cuando el cargo por consulta, interconsulta y/o visita médica que viene relacionado en los soportes de la factura, no es pertinente o no tiene justificación médica para el cobro. |
603 | Honorarios médicos en procedimientos | Aplica cuando: 1. Los cargos por honorarios médicos en procedimientos quirúrgicos, de hemodinamia, radiología u otros procedimientos que vienen relacionados en los soportes de la factura no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. 2. Los cargos por honorarios de anestesia que vienen relacionados en los soportes de la factura no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. |
604 | Honorarios de otros profesionales asistenciales | Aplica cuando los cargos por honorarios de otros profesionales asistenciales diferentes a los quirúrgicos y clínicos, que vienen relacionados en los soportes de la factura no son pertinentes o no tienen justificación para el cobro. |
605 | Derechos de sala | Aplica cuando los cargos por derechos de sala que vienen relacionados en los soportes de la factura no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. |
606 | Materiales | Aplica cuando los cargos por materiales que vienen relacionados en el detalle de cargos y/o los soportes pactados no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. |
607 | Medicamentos | Aplica cuando los cargos por medicamentos que vienen relacionados en el detalle de cargos y/o los soportes pactados no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. |
608 | Ayudas diagnósticas | Aplica cuando los cargos por ayudas diagnósticas que vienen relacionados en los soportes de la factura no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. |
623 | Procedimiento o actividad | Aplica cuando los cargos por procedimientos o actividades que vienen relacionados en los soportes de la factura no son pertinentes o no tienen justificación médica para el cobro. |
653 | Urgencia no pertinente | Aplica cuando los servicios prestados no obedecen a una atención de urgencia de acuerdo con la definición de la normatividad vigente. |
8. Devoluciones
Es una no conformidad que afecta en forma total la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión preliminar y que impide dar por presentada la factura. Las causales de devolución son taxativas.
816 | Usuario o servicios corresponde a otro plan o responsable. | Aplica cuando: 1. La factura corresponde a un usuario que pertenece a otra entidad responsable del pago 2. La factura corresponde a un usuario o servicio que pertenece a otro plan de la misma entidad responsable del pago 3. La factura corresponde a un servicio que debe ser pagado por otra entidad responsable del pago Nota: Aplica sólo cuando la factura que incluye varios usuarios, no se puede tramitar parcialmente. |
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817 | Usuario retirado o moroso | Aplica cuando la factura corresponde a un usuario que en el momento de la prestación del servicio no está cubierto por la entidad responsable del pago o se encuentra moroso en el pago. Nota: Aplica sólo cuando la factura que incluye varios usuarios, no se puede tramitar parcialmente. |
821 | Autorización principal no existe o no corresponde al prestador de servicios de salud | Aplica cuando se carece de autorización principal o ésta no corresponde al prestador de servicios. Cuando la entidad responsable del pago no se haya pronunciado dentro de los términos definidos en la normatividad vigente, será suficiente soporte la copia de la solicitud enviada a la entidad responsable del pago, o a la dirección departamental o distrital de salud y en tal caso no aplicará esta causa de devolución. |
822 | Respuesta a Glosa o devolución extemporánea | Aplica cuando la respuesta a la glosa se presenta por fuera de los términos legales. (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
834 | Resumen de egreso o epicrisis, hoja de atención de urgencias u odontograma | Aplica cuando: 1. No se anexa a la factura de internación o de urgencias con observación la epicrisis. 2. Para el caso de facturas de atención de urgencias, cuando no se anexa la hoja de atención de urgencias 3. Para el caso de facturas de atención odontológica, cuando no se anexa el odontograma. Nota: Aplica sólo cuando la factura que incluye varios usuarios, no se puede tramitar parcialmente. |
844 | Profesional que ordena no adscrito | Aplica cuando el profesional que ordena el servicio no hace parte del cuerpo médico de la entidad responsable de pago. No aplica en caso de atención inicial de urgencias. |
847 | Falta soporte de justificación para recobros (CTC, tutelas, ARP) | Aplica cuando no se incluyen en la factura los soportes de justificación para recobros de comité técnico científico, tutelas o accidentes de trabajo o enfermedad profesional de conformidad con la normatividad vigente. |
848 | Informe atención inicial de urgencias | Aplica cuando la atención de urgencias no es informada a la entidad responsable del pago, en los términos definidos. No aplica en los casos que no sea posible identificar la entidad responsable de pago dentro de los términos establecidos, ni en aquellos casos en los que se formuló solicitud de autorización para prestación de servicios adicionales dentro de las 24 horas siguientes al inicio de la atención inicial de urgencias. Se consideran informadas aquellas atenciones comunicadas a las direcciones departamentales y distritales de salud por no haberse establecido comunicación con la entidad responsable del pago, en los términos establecidos en la presente resolución. |
849 | Factura no cumple requisitos legales | Aplica cuando la factura o el documento equivalente a la factura no cumplen con alguno de los requisitos legales, o cuando no se identifique en los medicamentos no incluidos el Plan Obligatorio de Salud - POS el código CUM, emitido por el INVIMA con la siguiente estructura: Expediente - Consecutivo - ATC (Código modificado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
850 | Factura ya cancelada | Aplica cuando la factura corresponda a servicios ya cancelados por la entidad responsable del pago |
9. Respuestas a glosas y devoluciones
Las respuestas a glosas y devoluciones se deben interpretar en todos los casos como la respuesta que el prestador de servicios de salud da a la glosa o devolución generada por la entidad responsable del pago
995 | Glosa o devolución extemporánea | Aplica cuando la entidad responsable del pago comunica la glosa o devolución por fuera de los términos legales. (Código adicionado por el artículo 5 de la Resolución 4331 de 2012) |
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996 | Glosa o devolución injustificada | Aplica cuando el prestador de servicios de salud informa a la entidad responsable del pago que la glosa o devolución es injustificada al 100%. |
997 | No subsanada (Glosa o devolución totalmente aceptada) | Aplica cuando el prestador de servicios de salud informa a la entidad responsable del pago que la glosa o devolución ha sido aceptada al 100%. |
998 | Subsanada parcial (Glosa o devolución parcialmente aceptada) | Aplica cuando el prestador de servicios de salud informa a la entidad responsable del pago que la glosa o devolución ha sido aceptada parcialmente. |
999 | Subsanada (Glosa o Devolución No Aceptada) | Aplica cuando el prestador de servicios de salud informa a la entidad responsable del pago que la glosa o devolución siendo justificada ha podido ser subsanada totalmente. |