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Calculadoras ISS 2001

Lee el Acuerdo 256 de 2001, más conocido como el manual tarifario ISS 2001 Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario ISS 2001, cirugías bilaterales y múltiples. Liquida de manera gratuida ambulancias con el manual tarifario ISS 2001, ambulancia medicalizada, TAM, traslado redondo o simple, urbano o intermunicipal Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario ISS 2001, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual ISS 2001

Calculadoras SOAT (UVT)

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Cómo facturar Ambulancias

Aprende cómo facturar ambulancias de acuerdo al manual ISS 2001

En esta sección aprenderás a establecer el valor a facturar (si trabajas para prestador de servicios de salud) o pagar (si lo haces para una entidad responsable del pago) utilizando el manual tarifario ISS 2001 (Acuerdo 256 de 2001). Se encuentra dividida en 3 partes:

1. Normatividad

1.1. Traslado Básico de pacientes

1.2. Traslado Intermedio de pacientes

1.3. Traslado Medicalizado de pacientes

1.4. Traslado Medicalizado Neonatal de pacientes

2. Explicación

2.1. Aclaración "Ambulancia Básica"

2.2. Ficha Resumen de liquidación

2.3. Pasos para Facturar una Ambulancia

3. Ejemplos

3.1. Ambulancia Medicalizada Urbana Traslado Redondo

3.2. Ambulancia Medicalizada Neonatal Traslado Intermunicipal

Si tienes alguna duda, comentario, sugerencia o petición con respecto a este tema, no dudes en comunicarte con nosotros: Envíar mensaje

1. Normatividad

El fundamento normativo para la liquidación de oxígeno se encuentra en los siguientes artículos del Acuerdo 256 de 2001 (Manual ISS 2001). Es de aclarar que los títulos de los artículos fueron agregados por miscuentasmedicas.com, para facilitar la comprensión del texto:

ARTICULO 93. TARIFAS DE AMBULANCIA. Señalase para el servicio de transporte terrestre interinstitucional del paciente en ambulancia, las siguientes tarifas:

TRASLADO BASICO DE PACIENTES
Ambulancia de traslado Resolución 9279/93 Minsalud
SERVICIO URBANO
Bogotá
REF.PBCODIGODESCRIPCIONVALOR
39601PBS31301TRASLADO SIMPLE$50.855
39602PBS31302TRASLADO REDONDO$76.295
Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín
39603PBS31303TRASLADO SIMPLE$38.140
39604PBS31304TRASLADO REDONDO$57.225
Otros municipios
39605PBS31305TRASLADO SIMPLE$25.430
39606PBS31306TRASLADO REDONDO$38.140
SERVICIO INTERMUNICIPAL
39607PBS31307MAYOR DE 25 KMS HASTA 300 KMS, (CADA KILÓMETRO)$880
39608PBS31308MAYOR DE 300 KMS (CADA KILÒMETRO)$1.585
TRASLADO INTERMEDIO DE PACIENTES
Ambulancia asistencial básica Resolución 9279/93 de Minsalud
SERVICIO URBANO
Bogotá
REF.REFCODIGODESCRIPCIONVALOR
39701PBS32301TRASLADO SIMPLE$63.580
39702PBS32302TRASLADO REDONDO$95.365
Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín
39703PBS32303TRASLADO SIMPLE$47.685
39704PBS32304TRASLADO REDONDO$71.525
Otros municipios
39705PBS32305TRASLADO SIMPLE$31.785
39706PBS32306TRASLADO REDONDO$47.685
SERVICIO INTERMUNICIPAL
39707PBS32307MAYOR DE 25 KMS HASTA 300KMS ( CADA KILÓMETRO)$1.100
39708PBS32308MAYOR DE 300 KMS. (CADA KILOMÈTRO)$1.975
TRASLADO MEDICALIZADO DE PACIENTES
Ambulancia asistencial medicalizada Resolución 9279/93 de Minsalud
SERVICIO URBANO
Bogotá
REF.REFCODIGODESCRIPCIONVALOR
39801PBS33301TRASLADO SIMPLE$195.615
39802PBS33302TRASLADO REDONDO$293.430
Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín
39803PBS33303TRASLADO SIMPLE$146.715
39804PBS33304TRASLADO REDONDO$220.070
Otros municipios
39805PBS33305TRASLADO SIMPLE$97.810
39806PBS33306TRASLADO REDONDO$146.720
SERVICIO INTERMUNICIPAL
39807PBS33307MAYOR DE 25 KMS HASTA 300 KMS.(CADA KILÓMETRO)$2.190
39808PBS33308MAYOR DE 300 KMS, (CADA KILÒMETRO)$3.950
TRASLADO MEDICALIZADO DE PACIENTES
Ambulancia asistencial medicalizada especializada neonatal Resolución 9279/93 de Minsalud
SERVICIO URBANO
Bogotá
REF.REFCODIGODESCRIPCIONVALOR
39901PBS33501TRASLADO SIMPLE$212.730
39902PBS33502TRASLADO REDONDO$322.765
Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín
39903PBS33503TRASLADO SIMPLE$159.550
39904PBS33504TRASLADO REDONDO$242.080
Otros municipios
39905PBS33505TRASLADO SIMPLE$106.370
39906PBS33506TRASLADO REDONDO$161.385
SERVICIO INTERMUNICIPAL
39907PBS33507MAYOR DE 25 KMS HASTA 300 KMS, (CADA KILÓMETRO)$2.235
39908PBS33508MAYOR DE 300 KMS (CADA KILÓMETRO)$4.020

Parágrafo 1. Traslado del neonato en ambulancia básica. El traslado del neonato se podrá efectuar en ambulancia “asistencial básica”, siempre y cuando para su movilización se requiera de incubadora y el vehículo disponga de otros elementos específicos para el manejo del recién nacido, tales como Hood y pulso-oxímetro con sus accesorios y se facturará con base en la tarifa establecida para el tipo de ambulancia antes mencionado.

Parágrafo 2. Traslado interinstitucional. Por traslado interinstitucional se entiende la movilización del paciente entre dos instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS); la EPS-ISS no asume el gasto por el traslado del paciente o la materna entre la IPS y el domicilio o viceversa.

Parágrafo 3. Aplicación de tarifas por tipo de ambulancia. Para la aplicación de las tarifas por tipo de ambulancia, se tendrá en cuenta, de una parte, que en el desplazamiento del paciente se utilice el tipo de vehículo desde el punto de vista técnico-científico indicado según la patología, y de la otra, que las características de la unidad móvil, recurso humano al servicio, insumos (medicamentos y suministros) y el equipamento disponible, estén de acuerdo con las exigencias establecidas en la Resolución No. 09279 de 1993, mediante la cual el Ministerio de Salud expidió el Manual de Requisitos Técnicos y Sanitarios.

Parágrafo 4. Traslado urbano y traslado intermunicipal. Se entiende por traslado urbano aquel que se efectúa dentro de dicho perímetro o cuando la unidad móvil se desplace fuera de éste hasta una distancia de 25 Kms. Así mismo, por traslado intermunicipal aquel que se realice entre dos localidades siempre y cuando medie una distancia superior a 25 Kms.

Parágrafo 5. Traslado simple y traslado redondo. El traslado simple corresponde a la movilización del paciente de un sitio a otro, dentro del perímetro urbano, sin que el servicio exija el retorno del vehículo al lugar de origen con el paciente. El último evento define el “traslado redondo”, que requiere la espera de la unidad móvil hasta tanto el paciente hubiere recibido la atención objeto del traslado.

Parágrafo 6. Tarifa adicional cuando el traslado redondo supere las 2 horas iniciales. Cuando el traslado redondo exceda las (2) horas iniciales, contadas a partir del contacto del móvil con el paciente, por cada hora o fracción superior a 30 minutos de espera adicional, se pagará un cuarenta por ciento (40%) con base en la tarifa inicial del “traslado simple”.

Parágrafo 7. Liquidación del servicio intermunicipal. El servicio intermunicipal se liquidará sobre dos veces el kilometraje oficial establecido por el Instituto Nacional de Vías por un recorrido entre las dos localidades objeto del desplazamiento, más la tarifa del “traslado simple” según el tipo de ambulancia, correspondiente a la localidad en donde se originó el traslado; este último valor condicionado a que la sede del prestador del servicio esté ubicada en lugar diferente al sitio de inicio de la movilización del paciente y sin recargo adicional cuando se cause en horas nocturnas (6 p.m. a 6 a.m.), dominicales y festivos.

Parágrafo 8. Tarifa adicional por tiempo de espera en servicio intermunicipal. La tarifa del servicio intermunicipal no tendrá ningún incremento cuando la unidad móvil deba regresar al lugar de origen con el mismo paciente, y la espera no exceda las dos (2) horas; superado este tiempo, por cada hora adicional o fracción de espera mayor de 30 minutos se pagará un cuarenta por ciento (40%) sobre la tarifa en donde se originó el traslado, correspondiente al "traslado simple".

Parágrafo 9. Traslado simultáneo de pacientes. En el evento que en una misma unidad móvil se efectúe el traslado simultáneo de varios pacientes, por cada uno de ellos la EPS-ISS pagará el sesenta por ciento (60%) de la tarifa, según el tipo de vehículo, clase de traslado (urbano: simple o redondo; intermunicipal) y sin recargo cuando se cause periodo de espera o por el desplazamiento urbano con fines de contactar los pacientes de traslado intermunicipal.

Parágrafo 10. Ambulancia fallida. Si efectuada la movilización de la unidad al sitio de origen del desplazamiento, por circunstancias ajenas al prestador del servicio e imputables al estado del paciente (fallecimiento, inestabilidad, etc.), u otros eventos, tales como espera fallida en aeropuerto por cancelación del traslado aéreo, la EPS-ISS bajo estas circunstancias cancelará únicamente el cincuenta por ciento (50%) de la tarifa correspondiente al servicio ordenado.

Parágrafo 11. Ambulancia no facturable. Si el proveedor del servicio asume ante la EPS-ISS la atención integral del asegurado, cuando sea necesario trasladar el paciente hospitalizado para la práctica de un procedimiento, no procede facturar el servicio de ambulancia.

Parágrafo 12. Recargo nocturno en servicio urbano. El servicio urbano que se inicie después de las 6 p.m. y antes de las 6 a.m. y en los días dominicales y festivos, tendrá un recargo del veinticinco por ciento (25%).

2. Explicación

2.1. Aclaración "Ambulancia Básica"

Lo primero que debemos tener en cuenta al liquidar el servicio de ambulancia es que su clasificación se encuentra normada en la Resolución 9279 de 1993, en la cual se establecen las siguientes clases de ambulancias de acuerdo a su ámbito de servicio:

- Ambulancias de Traslado: "Las ambulancias de traslado están destinadas únicamente a pacientes cuyo estado ni actual ni potencialmente sea de riesgo y no precisen en el trayecto ningún tipo de procedimiento asistencial. Este tipo de ambulancia no es el adecuado para el transporte de accidentados graves, ni de enfermos con urgencia médica; en caso de que se requiera asistencia durante el traslado deben emplearse prioritariamente las ambulancias asistenciales." (Resolución 9279 de 1993)

- Ambulancias Asistenciales "Las ambulancias asistenciales están destinadas a todo tipo de transporte sanitario desde pacientes sin riesgo hasta paciente de alto riesgo dependiendo del equipamiento, material y personal sanitario."

Dentro de las Ambulancias asistenciales tenemos las siguientes:

- Ambulancia Asistencial Básica,

- Ambulancia Asistencial Medicalizada,

- Ambulancia Asistencial Medicalizada Especial (Neonatal).

Esta distinción en muy importante ya que se presentan confusiones con respecto a la facturación de la "Ambulancia Básica" debido a que en el Manual ISS 2001 se hace referencia a un "Traslado Básico de Pacientes" pero realmente hace referencia a una "Ambulancia de Traslado", mientras que en general el traslado de pacientes hospitalarios se realiza en una "Ambulancia Asistencial Básica" que en el Manual tarifario es "Traslado Intermedio de Pacientes".

En otras palabras, cuando se habla de "Ambulancia Básica", "Ambulancia de Traslado Asistencial Básico" o de una ambulancia "TAB", para efectos de la facturación, se hace referencia al "Traslado Intermedio de Pacientes".

2.2. Ficha Resumen de liquidación

Tipo de Ambulancia Ambulancia de traslado
Ambulancia AsistencialTraslado Intermedio de Paciente (Ambulancia Asistencial Básica - TAB)
Traslado Medicalizado de Pacientes ( Ambulancia Asistencial Medicalizada - TAM)
Traslado Medicalizado de Pacientes ( Ambulancia Asistencial Medicalizada Especializada Neonatal - TAMN)
Tipo de Servicio Urbano 1 2 Bogotá
Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín
Otros municipios
Intermunicipal 3 4 5 Mayor de 25 Km hasta 300 Kms
Mayor de 300 Km
Tipo de RecorridoSimple
Redondo 6

1 Existe un recargo del 25% para el Servicio Urbano que inicie después de las 6 pm y antes de las 6 am, o el servicio prestado en los dominicales y festivos.

2 Aplica tipo de recorrido simple o redondo.

3 Es Intermunicipal siempre y cuando haya más de 25 kilómetros entre las localidades.

4 Se liquida 2 veces el kilometraje entre las dos localidades por el valor asignado al tipo de ambulancia y distancia , más el valor de un traslado simple de la ciudad de origen (esto último valor aplica siempre y cuando el servicio de ambulancia inicie en sede diferente a donde debe recoger al paciente). No hay lugar a recargo nocturno.

5 Aplica tiempo de espera cuando se exceda las 2 horas iniciales contadas a partir del contacto del móvil con el paciente, por cada hora o fracción de 30 minutos y corresponde al 40% del traslado simple del sitio de origen.

6 Aplica tiempo de espera cuando se exceda las 2 horas iniciales contadas a partir del contacto del móvil con el paciente, por cada hora o fracción de 30 minutos y corresponde al 40% del traslado simple

.

Ambulancia Fallida: Cuando la ambulancia se tenga que devolver por circunstancias ajenas al prestador del servicio e imputables al estado del paciente (fallecimiento, inestabilidad, etc.), u otros eventos, tales como espera fallida en aeropuerto por cancelación del traslado aéreo, se descontará el 50% del valor del recorrido.

3.3. Pasos para Facturar una Ambulancia

Se debe establecer la siguiente información:

1. ¿Qué tipo de Ambulancia realizó el recorrido?

2. ¿Es un recorrido Urbano o Intermunicipal?

- Si es urbano:

- Cuál la ciudad en la que se realiza el traslado: Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín u otros municipios?

- Es un recorrido es Simple o Redondo?

- Si es Intermunicipal, qué kilometraje hay entre las localidades, éstá entre 25 y 300 km o más de 300 km?

Con esta información inicial ya hemos identificado un valor a pagar de acuerdo a la tabla de tarifas. Ejemplo: Una ambulancia medicalizada que realizó un recorrido redondo en Bucaramanga tiene un valor de $220.070. Ahora pondremos consideración cada uno de los parágrafos, para lo cual debemos saber:

- El recorrido inició antes de las 6 pm o antes de las 6 am o fue realizado un domingo o un festivo? Aplica este recargo?

- Cuantas horas de espera después de las 2 horas iniciales hubo?

- La ambulancia fue fallida?

Todas las respuestas a estas preguntas las obtenemos de la bitácora de la ambulancia, el cuál es el documento idóneo tanto para facturarla (en el hospital, la clínica o la empresa de ambulancias) como para aprobar su pago (en las Entidades Responsables del Pago).

Esta bitácora debe estar totalmente diligenciada sin enmendaduras ni tachones. Si este documento no se tiene al momento de facturar en la IPS o al momento de auditar la factura en la EPS, resulta imposible que se tramite su pago y será objeto de Glosa. Ahora bien, habiendo resuelto estas preguntas lo que se debe hacer es liquidar el valor de la ambulancia.

3. Ejemplos

A continuación encontrarás dos ejemplos de cómo facturar ambulancias con el manual tarifario ISS 2001:

3.1. Ambulancia Medicalizada Urbana Redonda

La bitácora de la ambulancia indica que en Medellín se realizó un traslado Redondo en una Ambulancia Medicalizada que inició cuando tuvieron contacto con el paciente a las 18:15 horas del martes. Del hospital fue trasladado a una Empresa de Apoyo Diagnóstico a la que llegaron a las 18:45, salieron una vez se realizaron exitósamente todos los exámenes a las 22:10. La hora de regreso al hospital fue a las 22:40, hora en la que es entregado al personal de enfermería del hospital y llevado su habitación. Existe un contrato de ISS 2001 + 45%. ¿Cuál valor se debe facturar?

Lo primero que debemos identificar es lo siguiente:

  • Tipo de Ambulancia: Medicalizada
  • Tipo de Recorrido: Urbano
  • Ciudad: Medellín
  • Tipo de Traslado: Redondo

Con esta información verificamos las tablas de tarifas correspondientes y tenemos:

TRASLADO MEDICALIZADO DE PACIENTES
Ambulancia asistencial medicalizada Resolución 9279/93 de Minsalud
SERVICIO URBANO
Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín
REF.REFCODIGODESCRIPCIONVALOR
39803PBS33303TRASLADO SIMPLE$146.715
39804PBS33304TRASLADO REDONDO$220.070

Ya sabemos que una ambulancia medicalizada que realiza un traslado redondo en Medellín tiene un valor de $220.070. Ahora lo que se debe analizar es la aplicación de los parágrafos, para lo cual se establece lo siguiente:

  • Jornada: Nocturna porque inició después de las 6 pm. Y aplica el recargo por ser urbano.
  • Duración del traslado: Desde las 18:15 hasta las 22:40 hay 4 horas y 25 minutos.
  • Tiempo posterior a las 2 horas iniciales: 2 horas y 25 minutos. Como se factura la hora o fracción superior a 30 minutos, en este ejemplo tenemos incremento por 2 horas únicamente.

Primero, calculamos el valor de las horas adicionales, para lo cual debemos saber cuánto vale el traslado simple de esa ambulancia, que en este ejemplo es $146.715:

Recargo por Horas Adicionales = 2 horas X ($146.715 X 40%) = $117.372

Hasta ahora, si el traslado se hubiera realizado durante el día el valor a facturar es:

Valor a Facturar Ambulancia Medicalizada Diurna (2 horas adicionales) = $220.070 + $117.372 = $337.442

Pero como el traslado fue nocturno, aplica el recargo del 25%, por lo cual el valor a facturar de la ambulancia medicalizada en Medellín Nocturna con dos horas adicionales sería:

Valor a Facturar Ambulancia Medicalizada NOCTURNA (2 horas adicionales) = $337.442 + 25% ($337.442) = $337.442 + $84.360 = $421.802

Finalmente, existe un tarifa pactada de ISS 2001 + 45%, por lo que el valor de la ambulancia del ejemplo es:

Valor a Facturar Ambulancia Medicalizada NOCTURNA (2 horas adicionales) = $421.802 + 45% ($421.802) = $421.802 + $189.811 = $611.613

3.2. Ambulancia Medicalizada Neonatal Intermunicipal

La bitácora de la ambulancia indica que desde Pereira se realizó un traslado hacia Cali en una Ambulancia Medicalizada Neonatal que inició cuando tuvieron contacto con el paciente a las 18:15 horas del martes. Del hospital fue trasladado a una Empresa de Apoyo Diagnóstico ubicado en Cali a la que llegaron a las 22:32, salieron una vez se realizaron exitósamente todos los exámenes a las 02:10 del miércoles. La hora de regreso al hospital fue a las 06:40, hora en la que es entregado al personal de enfermería del hospital y llevado su habitación. El servicio de ambulancia fue prestado por una empresa que tiene sede en Pereira, es decir, la ambulancia no es del hospital donde inicia el traslado. Existe un contrato de ISS 2001 + 32%. ¿Cuál valor se debe facturar?

Lo primero que debemos identificar es lo siguiente:

  • Tipo de Ambulancia: Medicalizada Neonatal
  • Tipo de Recorrido: Intermunicipal
  • Ciudad de origen: Pereira
  • Kilometros entre ciudades: 214
  • Tipo de Traslado: Mayor de 25 km hasta 300 km

Con esta información verificamos las tablas de tarifas correspondientes.Debido a que es un traslado intermunicipal también es necesario conocer la tarifa del tipo de ambulancia en un recorrido simple de la ciudad de origen, en este caso Pereira se encuentra en "Otros Municipios". De manera que tenemos:

TRASLADO MEDICALIZADO DE PACIENTES
Ambulancia asistencial medicalizada especializada neonatal Resolución 9279/93 de Minsalud
REF.REFCODIGODESCRIPCIONVALOR
Otros municipios
39905PBS33505TRASLADO SIMPLE$106.370
SERVICIO INTERMUNICIPAL
39907PBS33507MAYOR DE 25 KMS HASTA 300 KMS, (CADA KILÓMETRO)$2.235

Ya sabemos el valor por cada uno de los 214 kilómetros que hay entre Pereira y Cali se pagarán a $2.235. Como es intermunicipal se pagará dos veces, así:

Valor Ambulancia Intermunicipal (214 km) = 2 X (214 kilómetros X $2.235) = 2 X $478.290 = $956.580

Debido a que el servicio de ambulancia fue prestado por un proveedor que tiene una sede diferente al lugar en donde se originó el traslado, se cobrará la tarifa simple de la misma ambulancia en la ciudad de origen que en este caso es Pereira y se encuentra en "Otros Municipios", es decir, $106.370. Si la ambulancia hubiese sido del hospital donde se inició el traslado este incremento no tiene aplicación.

No aplica recargo nocturno en traslados intermunicipales.

Debido a que la ambulancia llegó al Cali para la realización de los exámenes a las 22:32 y partió nuevamente a Pereira a las 02:10, existen 3 horas y 38 minutos de espera, razón por la cual se hará el incremento del 40%, sobre la tarifa del recorrido simple de la ciudad de origen, por cada hora de espera, que en este caso son 4 horas adicionales ya que la fracción es de 38 minutos y se pagan sobre fracciones superiores a 30 minutos. Así

Valor tiempo de espera (4 horas) = (40% X $106.370) * 4 horas = $42.548 X 4 = $170.192

Hasta ahora tenemos el siguiente valor a facturar:

Valor Ambulancia Neonatal (214 kms + Traslado simple + 4 horas de espera) = $956.580 + $106.370 + $170.192 = $1.233.142

Finalmente, existe un tarifa pactada de ISS 2001 + 32%, por lo que el valor de la ambulancia del ejemplo es:

Valor a Facturar Ambulancia Medicalizada Neonatal Intermunicipal (214 km + traslado simple + 4 horas de espera) = $1.233.142 + 32% X ($1.233.142) = $1.233.142 + $394.605 = $1.627.747


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