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Calculadoras ISS 2001

Lee el Acuerdo 256 de 2001, más conocido como el manual tarifario ISS 2001 Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario ISS 2001, cirugías bilaterales y múltiples. Liquida de manera gratuida ambulancias con el manual tarifario ISS 2001, ambulancia medicalizada, TAM, traslado redondo o simple, urbano o intermunicipal Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario ISS 2001, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual ISS 2001

Calculadoras SOAT

Lee el Decreto 780 de 2016 Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario SOAT, cirugías bilaterales y múltiples. Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario SOAT, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual SOAT

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL


CIRCULAR EXTERNA No. 061 DE 2021
Cuotas moderadoras y copagos de 2022


PARA: AFILIADOS COTIZANTES Y SUS BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, AFILIADOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR - EOC, PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD.

DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

ASUNTO: MONTOS DE LAS CUOTAS MODERADORAS Y DE LOS TOPES MÁXIMOS DE LOS COPAGOS POR EVENTO Y AÑO CALENDARIO, PARA LA VIGENCIA 2022

FECHA: 30 DIC 2021


El artículo 187 de la Ley 100 de 1993 dispone que los afiliados y beneficiarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud estarán sujetos a pagos compartidos y cuotas moderadoras, cuyo régimen fue definido por el entonces Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud mediante el Acuerdo 260 de 2004, en el cual se establecieron los montos de las

cuotas moderadoras y los topes máximos de los copagos por evento y año calendario, expresados en salarios mínimos legales vigentes.

Por su parte, el artículo 49 de la Ley 1955 del 2019 estableció que "... todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). En adelante, las actualizaciones de estos valores también se harán con base en el valor de la UVT vigente".

Ahora bien, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, expidió la Resolución 140 de 25 de diciembre de 2021, por la cual se fija en treinta y ocho mil cuatro pesos ($38.004), el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT que regirá durante el año 2022, el cual representa un incremento de 4.67% respecto del valor que rigió durante el año 2021.

En este orden de ideas, los valores resultantes de la aplicación de los porcentajes establecidos en los artículos 8, 9, 10 y 11 del Acuerdo 260 del de 2004, se calculan de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario — UVT, actualizados al 4.67%.

Conforme a lo anterior, la Dirección de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, efectuó el cálculo para establecer los montos de las cuotas moderadoras y los topes máximos de los copagos por evento y año calendario, que regirán durante el año 2022, y en consecuencia, esta cartera ministerial con fundamento en sus facultades, particularmente en lo establecido en los artículos 2.3.2.1.17 y 2.6.4.2.1.19 del Decreto 780 de 2016 procede a definir en UVT el monto de las cuotas moderadoras y copagos para la vigencia 2022, para el Régimen Contributivo y Subsidiado, tomando como referente el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente y la Unidad de Valor Tributario.


1. REFERENTE: SALARIO MINIMO 2021 y UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO (UVT) 2021 -2022

2021
SMLMV (1) 908.526
SMLDV (2) 30.284
AÑO UVT
2021 36.308
2022* 38.004

SMLMV: Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, Decreto 1785 de 2020

SMLDV: Salario Mínimo Legal Diario Vigente, Decreto 1785 de 2020.

*UVT: Unidad de Valor Tributario, Resolución 140, 25/12/2021, DIAN. Incremento a 2022 de 4,67%


2. RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

2.1. Valor de la cuota moderadora 2022

RANGO DE INGRESOS EN SMLMV PORCENTAJE DEL SMLDV
(ACUERDO 260)
VALOR CUOTA MODERADORA
2021
EQUIVALENCIA DEL % DE SMLDV EN % DE UVT VALOR CUOTA MODERADORA
2022
VALOR CUOTA MODERADORA 2022
(Con aproximación a centena más cercana)
MENOR A 2 SMLMV 11,70% 3.500 9,64% 3.663 4,67% 3.700 5,71%
ENTRE 2 Y 5 SMLMV 46,10% 14.000 38,56% 14.654 4,67% 14.700 5,0%
MAYOR A 5 SMLMV 121,50% 36.800 101,36% 38.519 4,67% 38.500 4,62%

2.2. Valor de los copagos 2022

RANGO DE INGRESOS EN SMLMV PORCENTAJE DEL VALOR DEL SERVICIO
MENOR A 2 SMLMV 11,50%
ENTRE 2 Y 5 SMLMV 17,30%
MAYOR A 5 SMLMV 23,00%

2.2.1. Tope máximo de los copagos por evento* 2021 - 2022

RANGO DE INGRESOS EN SMLMV PORCENTAJE DEL SMLDV (ACUERDO 260) VALOR EN SMLMV 2021 EQUIVALENCIA EN CANT. UVT 2021 TOPE MÁXIMO EN 2022 ACTUALIZACIÓN 2022/2021
MENOR A 2 SMLMV 28,70% 260.747 7,18 272.924 4,67%
ENTRE 2 Y 5 SMLMV 115,00% 1.044.805 28,78 1.093.597 4,67%
MAYOR A 5 SMLMV 230,00% 2.089.610 57,55 2.187.195 4,67%
* Evento o servicio, por ejemplo, una cirugía o una hospitalización con atención no quirúrgica

2.2.2. Tope máximo de los copagos por año calendario* 2021 - 2022

RANGO DE INGRESOS EN SMLMV PORCENTAJE DEL SMLDV (ACUERDO 260) VALOR EN SMLMV 2021 EQUIVALENCIA EN CANT. UVT 2021 TOPE MÁXIMO EN 2022 ACTUALIZACIÓN 2022/2021
MENOR A 2 SMLMV 57,50% 522.402 14,39 546.799 4,67%
ENTRE 2 Y 5 SMLMV 230,00% 2.089.610 57,55 2.187.195 4,67%
MAYOR A 5 SMLMV 460,00% 4.179.220 115,10 4.374.389 4,67%
* Año calendario, agregado de copagos del 1° de enero al 31 de diciembre de cada anualidad.

3. RÉGIMEN SUBSIDIADO


3.1. Valor de la cuota moderadora 2022

En el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud no se cobran cuotas moderadoras.


3.2. Valor de los copagos 2022

RÉGIMEN SUBSIDIADO PORCENTAJE DEL VALOR DEL SERVICIO
COMO MÁXIMO EL 10,00%

(Nota de miscuentasmedicas.com: El nivel 1 de Sisbén no tiene cobro de copagos). Te puede interesar: Nuevos niveles del régimen subsidiado para copagos


3.3. Tope máximo de copagos por evento* y por año calentadrio**, 2021 - 2022

RÉGIMEN SUBSIDIADO PORCENTAJE DEL SMLDV (ACUERDO 260) VALOR EN SMLMV 2021 EQUIVALENCIA EN CANT. UVT 2021 TOPE MÁXIMO EN 2022 ACTUALIZACIÓN 2022/2021
TOPE POR EVENTO 57,50% 522.402 14,39 546.799 4,67%
TOPE AL AÑO CALENDARIO 230,00% 2.089.610 57,55 2.187.195 4,67%
* Evento o servicio, por ejemplo, una cirugia o una hospitalización con atención no quirúrgica.
** Año calendario, agregado de copagos del 1° de enero al 31 de diciembre de cada anualidad.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá a los 30 días de diciembre de 2021


FERNANDO RUIZ GÓMEZ

Ministro de Salud y Protección Social


Aprobó:

Viceministra de Protección Social

Directora de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud

Directora Jurídica

Descargar Circular Externa 061 de 2021