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Calculadoras ISS 2001

Lee el Acuerdo 256 de 2001, más conocido como el manual tarifario ISS 2001 Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario ISS 2001, cirugías bilaterales y múltiples. Liquida de manera gratuida ambulancias con el manual tarifario ISS 2001, ambulancia medicalizada, TAM, traslado redondo o simple, urbano o intermunicipal Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario ISS 2001, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual ISS 2001

Calculadoras SOAT (UVT)

Lee el anexo 1 del Decreto 780 de 2016 actualizado con UVT Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario SOAT en UVT, cirugías bilaterales y múltiples. Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario SOAT, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual SOAT en UVT

1.4.1. Qué incluye y cuando es facturable

El valor que se reconoce por concepto de material de sutura y curación utilizados en cualquiera de las salas (cirugía, parto, procedimiento especial, endoscopia, procedimientos básica, curaciones) incluye los siguientes elementos:

- Agentes y gases anestésicos que se consuman en quirófano y en sala de recuperación,

- agrafes,

- algodón,

- aplicadores,

- apósitos,

- catéteres pericraneales,

- cera para huesos,

- cierres umbilicales,

- compresas,

- cotonoides,

- esparadrapo,

- esponjas (excepto de silicón),

- gasas,

- gelatinas absorbibles,

- guantes,

- hojas de bisturí,

- llaves de dos o más vías,

- mechas,

- Oxígeno que se consuma en quirófano y en sala de recuperación,

- soluciones desinfectantes,

- suturas de cualquier tipo:

- Catguts,

- absorbibles sintéticas,

- no absorbibles, tales como:

- sedas,

- nylon,

- poliéster,

- polipropileno,

- acero inoxidable,

- torundas,

- vendajes.

De manera que estos elementos no son facturables en cirugías que tengan asignada 170 UVR o menos, porque el valor a reconocer por este concepto se encuentra en el listado. Pero, si la cirugía tiene asignada una cantidad de UVR mayor a 170, entonces, sí son facturables y se podrán cobrar de acuerdo al consumo demostrado en la hoja de gasto quirúrgico. Excepto el oxígeno, agentes y gases anestésicos.

Ahora bien, en las múltiples en las que al menos haya una mayor de 170 UVR, se pagarán en su totalidad los materiales quirúrgicos por consumo, no pudiendo facturar el valor del listado de aquellas que tienen menos de 170 UVR porque, se repite, todos los insumos se pagarán por consumo.

1.4.2. Material facturable

De acuerdo al artículo 87, los siguientes insumos son facturables y no están incluidos en el material de sutura y curación:

- agujas,

- algodón laminado,

- bandas de silicón,

- bolsas colectoras de fluidos,

- cánulas no reutilizables,

- catéteres,

- cemento óseo,

- electrodos no reutilizables,

- elementos ortopédicos:

- Placas,

- tornillos,

- férulas,

- clavos,

- grapas.

- esponjas de silicón,

- equipos de presión venosa central,

- gases de uso intraocular,

- injertos,

- homoinjertos,

- líquidos perfluorocarbonados para oftalmología,

- material viscoelástico,

- mallas,

- marcapasos,

- máscaras no reutilizables,

- medias ortopédicas,

- sondas,

- Stents,

- suministros de prótesis y órtesis no reutilizables;

- sustancias de nutrición enteral y parenteral,

- sustitutos del plasma,

- tornillos de fijación de tutores,

- tubos no reutilizables de cualquier clase que su función sea la conexión del paciente al equipo,

- válvulas,

- vendas:

- elásticas,

- de yeso,

- de gasa.

- y otros elementos de uso médico, que desde el punto de vista técnico sean necesarios.

Por la utilización en préstamo, cualquiera sea el número y periodo de uso de los elementos de fijación externa (tutores), se pagará por paciente una suma igual al veinticinco por ciento (25%) sobre el valor el valor de la factura más el 12%; los tornillos de fijación son facturables.

De igual manera, en los servicios de internación de segundo y tercer nivel de complejidad, en la realización de la “Colecistectomía laparoscópica“, se pagará la utilización de la pistola para clips y grapas de titanio, sin que en ningún procedimiento se pueda facturar por el primero de los elementos mencionados una suma superior al cincuenta por ciento (50%) de su valor, sobre el precio de la factura de compra más el 12%.

Finalmente, recordemos que no están incluidos en los derechos de sala y por tanto son facturables los siguientes elementos:

- Cuchilla para el artroscopio en procedimientos terapéuticos $41.395;

- Trocar desechable de primera punción en cirugía laparoscópica $303.995,

- Asa o electrodo para cauterización y corte por corriente eléctrica en cirugía urológica endoscópica $40.000,

- El balón de contrapulsación.

1.4.3. Condiciones y tabla de valores de material en quirófano

Este listado corresponde a los valores que se deben facturar de acuerdo a la UVR (Unidades de Valor Relativo) que tenga asignada una cirugía. Es importante tener en cuenta que el listado de material de sutura y curación es hasta las 170 UVR, por lo que las cirugías que tengan una cantidad de UVR mayor a 170 se factura por consumo. Es decir, estos materiales: "Algodón, aplicadores, apósitos, compresas, mechas, gasas, torundas, cotonoides, cierres umbilicales, esponjas excepto de silicón, gelatinas absorbibles, cera para huesos, esparadrapo, soluciones desinfectantes, vendajes, guantes, hojas de bisturí, catéteres pericraneales, llaves de dos o mas vías, agrafes, suturas de cualquier tipo (catguts, absorbibles sintéticas, no absorbibles, tales como: sedas, nylon, poliéster, polipropileno, acero inoxidable)" del parágrafo 6 del artículo 85 del manual ISS 2001 se facturan de acuerdo a lo soportado en la hoja de gasto.

En el caso de facturación de cirugías múltiples, si hay al menos una que sea mayor a 170 UVR, todo el material de factura por consumo y, en ningún caso, se pueden facturar los valores de este listado. Por ejemplo, si se realizan dos cirugías: una de 200 UVR y otra de 150 UVR, no se pueden cobrar los $140.120

MATERIAL DE SUTURA Y CURACION DE QUIRÓFANO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR
S55101 HASTA 20 UVR $31.000
S55102 DE 21 HASTA 30 UVR $32.005
S55103 DE 31 HASTA 40 UVR $33.110
S55104 DE 41 HASTA 50 UVR $45.305
S55105 DE 51 HASTA 60 UVR $57.410
S55106 DE 61 HASTA 70 UVR $82.315
S55107 DE 71 HASTA 80 UVR $88.610
S55108 DE 81 HASTA 90 UVR $95.015
S55109 DE 91 HASTA 100 UVR $109.205
S55110 DE 101 HASTA 110 UVR $123.310
S55111 DE 111 HASTA 130 UVR $131.115
S55112 DE 131 HASTA 150 UVR $140.120
S55113 DE 151 HASTA 170 UVR $152.910
¡Recuerda! En las cirugías con valor mayor a 170 UVR, el material quirúrgico se liquidará por consumo.

1.4.4. Valor de material en sala especial y sala de endoscopia

REF. PB CODIGO DESCRIPCION VALOR
39315 PB S55114 MATERIAL DE SUTURA Y CURACIÓN, AGENTES Y GASES ANESTÉSICOS, EN SALA DE PROCEDIMIENTOS ESPECIAL $24.270

1.4.5. Valor de material en sala básica

REF. PB CODIGO DESCRIPCION VALOR
39316 PB S55115 MATERIALES DE SUTURA Y CURACIÓN, AGENTES Y GASES ANESTÉSICOS, EN SALA DE PROCEDIMIENTOS BÁSICA $10.350