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Calculadoras ISS 2001

Lee el Acuerdo 256 de 2001, más conocido como el manual tarifario ISS 2001 Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario ISS 2001, cirugías bilaterales y múltiples. Liquida de manera gratuida ambulancias con el manual tarifario ISS 2001, ambulancia medicalizada, TAM, traslado redondo o simple, urbano o intermunicipal Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario ISS 2001, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual ISS 2001

Calculadoras SOAT (UVT)

Lee el anexo 1 del Decreto 780 de 2016 actualizado con UVT Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario SOAT en UVT, cirugías bilaterales y múltiples. Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario SOAT, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual SOAT en UVT

1.3.2.1. Definición y aspectos generales

Define el literal i) del artículo 97 del Manual ISS 2001 que la Sala de Procedimientos Especial "Es el área física, ubicada dentro o fuera de la Unidad Quirúrgica, dotada con el equipamiento específico para la práctica exclusiva de un determinado tipo de procedimiento especializado, que además disponga de los equipos de soporte para atender las complicaciones inherentes a su realización."

De acuerdo al artículo 79 del manual ISS 2001, los derechos de sala de procedimientos especial se reconocerá durante la realización procedimientos del capítulo 1 que desde el punto de vista técnico-científico no sea posible realizarlo en consultorio, sala de yesos o pequeña cirugía; con excepción de los de endoscopia, para los cuales se debe cobrar la tarifa del correspondiente listado.

De igual manera, en esta sala de procedimientos especial no se reconocen valores adicionales por el empleo de accesorios e implementos que se utilicen en la práctica de cualquier procedimiento, así sean desechables.

Cuando se realiza más de un procedimiento en esta sala, no aplica ningún incremento o porcentaje para los derechos de sala por realización de procedimientos bilaterales o múltiples. Así se establece en el manual tarifario ISS 2001:

Artículo 79: "...se pagarán los valores que se relacionan a continuación según el número de UVR de la intervención o procedimiento efectuado, sin recargo adicional cuando se realicen en forma bilateral o varias en el mismo acto".

Artículo 79 Parágrafo 1: "En caso que se realicen varios procedimientos en el mismo acto por igual o diferente vía, la tarifa corresponderá sobre los efectuados, al calificado con el mayor número de UVR."

Es decir, si el cirujano realiza 3 procedimientos en sala especial, por el concepto de derechos de sala únicamente se podrá cobrar la de mayor UVR al 100%.

El listado de derechos de sala procedimientos especial va hasta los 200 UVR. Por complejidad en la realización de la cirugía, cualquiera que tenga más de 200 UVR será realizada en quirófano y se cobrará de acuerdo al correspondiente listado.

1.3.2.2. Tabla de liquidación

DERECHOS DE SALA DE PROCEDIMIENTOS ESPECIAL
S22201HASTA 20 UVR$6.445
S22202DE 21 HASTA 30 UVR$13.400
S22203DE 31 HASTA 40 UVR$22.395
S22204DE 41 HASTA 50 UVR$27.800
S22205DE 51 HASTA 60 UVR$40.590
S22206DE 61 HASTA 70 UVR$48.260
S22207DE 71 HASTA 80 UVR$57.415
S22208DE 81 HASTA 90 UVR$64.830
S22209DE 91 HASTA 100 UVR$72.325
S22210DE 101 HASTA 110 UVR$74.275
S22211DE 111 HASTA 130 UVR$76.540
S22212DE 131 HASTA 150 UVR$93.210
S22213DE 151 HASTA 170 UVR$102.350
S22214DE 171 HASTA 200 UVR$123.485
¡Recuerda! En cirugías bilaterales o múltiples no aplica ningún cobro adicional. Solamente se cobro el valor de la cirugía con mayor cantidad de UVR.

1.3.2.3. Qué incluye la sala de procedimientos especial

La sala de procedimientos especial, incluye los mismos componentes del quirófano, que son:

- Utilización de la dotación básica,

- Los equipos con sus accesorios e implementos. No se reconocerán valores adicionales por el empleo de accesorios e implementos de los equipos que se utilicen en la práctica de las intervenciones quirúrgicas y procedimientos, así no sean reutilizables

- El instrumental,

- La ropa desechable o reutilizable,

- El servicio de enfermería,

- El servicio de instrumentación,

- Circulantes,

- Sala de recuperación hasta seis(6) horas,

- Utilización del láser y el equipamiento necesario para la práctica de la cirugía por guía estereotáxica

- En caso de parto, la utilización de las Unidades de trabajo de parto, post parto y de observación del recién nacido,

- El valor del oxígeno, agentes y gases anestésicos, utilizado durante la práctica de cirugías mayores a 170 UVR.