3.2. Explicación ⇧
Ahora, si sigues estos pasos, podrás realizar la liquidación de una cirugía BILATERAL. Debe recordar que "La primera es al 100% y la segunda al 75%":
Paso 1: Identificar el código del procedimiento quirúrgico realizado por el cirujano.
Paso 2: Verificar si el procedimiento se realizó en órgano o elemento anatómico bilateral. Ejemplo: miembros superiores, miembros inferiores, ojos, etc.
Paso 3: Comprobar que el nombre de la cirugía no diga "BILATERAL" o no aplique la nota de instrucción 24 que dice "INCLUYE: uni o bilateral (24)".
Paso 4: Buscar en el manual tarifario cuantas UVR tiene asignado el procedimiento quirúrgico.
Paso 5: Se debe liquidar dos veces la misma cirugía, para la primera efectuamos la liquidación de la cirugía, tal como se explicó en "Cirugía Única", es decir, al 100%.
Paso 6: Para la segunda cirugía, obtenemos el 75% de cada uno de los ítems liquidados. Y la suma de éstos, dará el valor de la segunda cirugía.
3.5. Ejemplo 1 - Cirugía de 75 UVR ⇧
La descripción quirúrgica indica que el ortopedista realizó, de manera bilateral, la cirugía CORRECCIÓN DE HALLUX VALGUS CON OSTEOTOMÍA PROXIMAL O DISTAL METATARSIANA con CUPS 775101 que tiene 75 UVR. Fue realizada en quirófano, bajo anestesia general y contó con la ayudantía de un médico general.
Antes que nada, debes verificar si ésta cirugía se puede liquidar de forma bilateral o no. Para esto, en primer lugar, compruebas que en el nombre del procedimiento no dice "BILATERAL", y; segundo lugar, que no aplique la nota de instrucción 24. En el ejemplo que tienes no dice BILATERAL y tampoco aplica la instrucción 24, de manera que sí es facturable de manera bilateral.
Ya determinaste que sí es facturable de forma bilateral, ahora lo que debes recordar es que "la primera es al 100% y la segunda al 75%". Por lo que, inicias liquidando la primera cirugía y para obtener el valor de la segunda calculas el 75% de la primera. Para hacerlo es preciso que hayas leído "Generalidades" y "Cirugía Única". Ahora vamos a liquidar las cirugías.
Liquidación de la primera cirugía (Lado derecho)
Debes tener en cuenta es el procedimiento quirúrgico que fue realizado por un médico especialista (ortopedista) que se reconoce a $1.270 y no por un médico general, que se reconocería a $960.
El procedimiento quirúrgico fue realizado bajo anestesia general, de manera que sí es facturable y se reconoce a $960 cada UVR. Si hubiera sido anestesia local, no se hubiera liquidado este ítem.
Teniendo en cuenta que la cirugía tiene asignada 75 UVR, se puede facturar el concepto de honorarios de ayudantía, ya que se cumplen estas tres condiciones: 1) Se realiza en quirófano; 2) realmente hubo un médico ayudante, y; 3) la cirugía es igual o mayor a 50 UVR.
Con relación a los derechos de sala y los materiales de sutura y curación, solamente debemos buscarlo en los listados.
Así, tenemos que la liquidación de la primera cirugía resulta:
CODIGO: 775101 - CORRECCION DE HALLUX VALGUS CON OSTEOTOMIA PROXIMAL O DISTAL METATARSIANA - UVR: 75 |
# |
Código |
Descripción |
Valor |
UVR |
Total |
1 |
S41101 |
Especialistas de clínicas quirúrgicas o ginecoobstétricas |
$1.270 |
75 |
$95.250 |
2 |
S41201 |
Especialistas en anestesiología |
$960 |
75 |
$72.000 |
3 |
S41301 |
Médico ayudante quirúrgico |
$360 |
75 |
$27.000 |
4 |
S23205 |
Derechos de sala - DE 71 HASTA 80 UVR |
$114.830 |
|
$114.830 |
5 |
S55107 |
Material de sutura - DE 71 HASTA 80 UVR |
$88.610 |
|
$88.610 |
Total |
$397.690 |
Liquidación de la segunda cirugía (Lado izquierdo)
Habiendo obtenido la liquidación de la primera, lo que falta es que calcules el 75% de cada uno de los conceptos liquidados, así:
CODIGO: 775101 - CORRECCION DE HALLUX VALGUS CON OSTEOTOMIA PROXIMAL O DISTAL METATARSIANA - UVR: 75 |
# |
Código |
Descripción |
Lado Derecho |
% |
Lado Izquierdo |
1 |
S41101 |
Especialistas de clínicas quirúrgicas o ginecoobstétricas |
$95.250 |
75% |
$71.438 |
2 |
S41201 |
Especialistas en anestesiología |
$72.000 |
75% |
$54.000 |
3 |
S41301 |
Médico ayudante quirúrgico |
$27.000 |
75% |
$20.250 |
4 |
S23205 |
Derechos de sala - DE 71 HASTA 80 UVR |
$114.830 |
75% |
$86.123 |
5 |
S55107 |
Material de sutura - DE 71 HASTA 80 UVR |
$88.610 |
75% |
$66.458 |
Total |
$397.690 |
75% |
$298.268 |
Finalmente, el valor a liquidar por la cirugía bilateral es $695.958.
3.6. Cirugía Bilateral - Ejemplo 2: Cirugía de 600 UVR ⇧
La descripción quirúrgica indica que el ortopedista realizó, de manera bilateral, el procedimiento CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA MULTIPLE: OSTEOTOMIAS Y/O FIJACION INTERNA [DISPISITIVOS DE FIJACION U OSTEOSINTESIS] EN FEMUR, TIBIA Y PERONE; TRANSFERENCIAS MUSCULOTENDINOSAS; TENOTOMIAS Y/O ALARGAMIENTOS TENDINOSOS EN MUSLO, PIERNA Y PIE; TRIPLE ARTODESIS EN PIE con CUPS 849501 que tiene 600 UVR. Fue realizada en quirófano, bajo anestesia general y contó con la ayudantía de un ortopedista.
Antes que nada, debes verificar si ésta cirugía se puede liquidar de forma bilateral o no. Para esto, en primer lugar, compruebas que en el nombre del procedimiento no dice "BILATERAL", y; segundo lugar, que no aplique la nota de instrucción 24. En el ejemplo que tienes no dice BILATERAL y tampoco aplica la instrucción 24, de manera que sí es facturable de manera bilateral.
Ya determinaste que sí es facturable de forma bilateral, ahora lo que debes recordar es que "la primera es al 100% y la segunda al 75%". Por lo que, inicias liquidando la primera cirugía y para obtener el valor de la segunda calculas el 75% de la primera. Para hacerlo es preciso que hayas leído "Generalidades" y "Cirugía Única". Ahora vamos a liquidar las cirugías.
Liquidación de la primera cirugía (Lado derecho)
Debes tener en cuenta es el procedimiento quirúrgico que fue realizado por un médico especialista (ortopedista) que se reconoce a $1.270 y no por un médico general, que se reconocería a $960.
El procedimiento quirúrgico fue realizado bajo anestesia general, de manera que sí es facturable y se reconoce a $960 cada UVR. Si hubiera sido anestesia local, no se hubiera liquidado este ítem.
Teniendo en cuenta que la cirugía tiene asignada 600 UVR, se puede facturar el concepto de honorarios de ayudantía, ya que cumple estas tres condiciones: 1) Se realiza en quirófano; 2) realmente hubo un médico ayudante, y; 3) la cirugía es igual o mayor a 50 UVR. Sin embargo, debes recordar que los honorarios de ayudante se liquidan a $360 si cumplen las tres condiciones mencionadas; pero, si adicionalmente cumple que: 1) la cirugía es mayor o igual a 450 UVR, y; 2) el ayudante es de la misma especialidad del cirujano, entonces, los honorarios de liquidan a $960, como es este caso ya que la ayudantía la realizó un ortopedista, que es de la misma especialidad del cirujano. Si hubiera sido realizada por un médico general se liquidaba a $360.
Para liquidar los derechos de sala, debes multiplicar las UVR por $1.410 ya que el listado de valores a reconocer por el concepto de derechos de sala únicamente va hasta 450 UVR. De manera que, cuando la cirugía es mayor a 450 UVR, se liquida multiplicando el valor de la UVR por $1.410.
Con respecto al valor por concepto de material de sutura y curación, debes tener en cuenta que cuando las UVR de un procedimiento es mayor a 170 UVR, como es este caso que son 600 UVR, se calcula por el consumo que se evidencie en la hoja de gasto.
¡IMPORTANTE! De manera que son facturables los siguientes elementos: Algodón, aplicadores, apósitos, compresas, mechas, gasas, torundas, cotonoides, cierres umbilicales, esponjas excepto de silicón, gelatinas absorbibles, cera para huesos, esparadrapo, soluciones desinfectantes, vendajes, guantes, hojas de bisturí, catéteres pericraneales, llaves de dos o más vías, agrafes, suturas de cualquier tipo (catguts, absorbibles sintéticas, no absorbibles, tales como: sedas, nylon, poliéster, polipropileno, acero inoxidable) descritos en el parágrafo 6 del artículo 85.
Así, tenemos que la liquidación de la primera cirugía resulta:
CODIGO: 849501 - CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA MULTIPLE: OSTEOTOMIAS Y/O FIJACION INTERNA [DISPISITIVOS DE FIJACION U OSTEOSINTESIS] EN FEMUR, TIBIA Y PERONE; TRANSFERENCIAS MUSCULOTENDINOSAS; TENOTOMIAS Y/O ALARGAMIENTOS TENDINOSOS EN MUSLO, PIERNA Y PIE; TRIPLE ARTODESIS EN PIE - UVR: 600 |
# |
Código |
Descripción |
Valor |
UVR |
Total |
1 |
S41101 |
Especialistas de clínicas quirúrgicas o ginecoobstétricas |
$1.270 |
600 |
$762.000 |
2 |
S41201 |
Especialistas en anestesiología |
$960 |
600 |
$576.000 |
3 |
S41301 |
Médico ayudante quirúrgico |
$960 |
600 |
$576.000 |
4 |
|
Derechos de sala > 450 UVR |
$1.410 |
600 |
$846.000 |
5 |
|
Material de sutura - POR CONSUMO |
|
|
$0 |
Total |
$2.760.000 |
Liquidación de la segunda cirugía (Lado izquierdo)
Habiendo obtenido la liquidación de la primera, lo que falta es que calcules el 75% de cada uno de los conceptos liquidados, así:
CODIGO: 849501 - CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA MULTIPLE: OSTEOTOMIAS Y/O FIJACION INTERNA [DISPISITIVOS DE FIJACION U OSTEOSINTESIS] EN FEMUR, TIBIA Y PERONE; TRANSFERENCIAS MUSCULOTENDINOSAS; TENOTOMIAS Y/O ALARGAMIENTOS TENDINOSOS EN MUSLO, PIERNA Y PIE; TRIPLE ARTODESIS EN PIE - UVR: 600 |
# |
Código |
Descripción |
Lado Derecho |
% |
Lado Izquierdo |
1 |
S41101 |
Especialistas de clínicas quirúrgicas o ginecoobstétricas |
$762.000 |
75% |
$571.500 |
2 |
S41201 |
Especialistas en anestesiología |
$576.000 |
75% |
$432.000 |
3 |
S41301 |
Médico ayudante quirúrgico |
$576.000 |
75% |
$432.000 |
4 |
S23205 |
Derechos de sala > 450 UVR |
$846.000 |
75% |
$634.500 |
5 |
S55107 |
Material de sutura - POR CONSUMO |
$0 |
75% |
$0 |
Total |
$2.760.000 |
75% |
$2.070.000 |
Si tienes dudas, comentarios, sugerencias con respecto a este artículo u otro tema, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, dando clic aquí.