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Calculadoras ISS 2001

Lee el Acuerdo 256 de 2001, más conocido como el manual tarifario ISS 2001 Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario ISS 2001, cirugías bilaterales y múltiples. Liquida de manera gratuida ambulancias con el manual tarifario ISS 2001, ambulancia medicalizada, TAM, traslado redondo o simple, urbano o intermunicipal Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario ISS 2001, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual ISS 2001

Calculadoras SOAT (UVB)

Lee el anexo 1 del Decreto 780 de 2016 actualizado con UVT Liquida de manera gratuita cirugías con el manual tarifario SOAT en UVB, cirugías bilaterales y múltiples. Calcula el consumo de oxígeno con el manual tarifario SOAT, ventury, cánula nasal, ventilador mecánico, cámara de hood, etc. Calcula el valor de exámenes de laboratorios, radiología, resonancias, tomografías, terapías y otras actividades del manual SOAT en UVB

Aplicación de las Resoluciones 2275, 2284 y 2335 de 2023

Ministerio de Salud expide Circular Externa número 00000021 de 2024 mediante el cual explica la aplicación de la transitoriedad prevista por las resoluciones que reglamentan el Decreto 441 de 2022

Aplicación de las Resoluciones 2275, 2284 y 2335 de 2023 Ministerio de Salud expide Circular Externa número 00000021 de 2024 mediante el cual explica la aplicación de la transitoriedad prevista por las resoluciones que reglamentan el Decreto 441 de 2022

Publicado: 30 de diciembre de 2024


El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Circular Externa 021 de 2024 en la cual explica cómo funcionará la implementación transitoria de las Resoluciones 2275, 2284 y 2335 de 2023. Detalla el ministerio que éstas resoluciones junto con el Decreto 780 de 2016, constituyen el marco normativo que regula los acuerdos de voluntades en la prestación de servicios y provisión de tecnologías en salud. Estas disposiciones aplican a las Entidades Responsables de Pago (ERP), los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y los Proveedores de Tecnologías en Salud (PTS), así como a entidades que gestionan regímenes especiales, excepcionales y al Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad.

Entre los ERP se incluyen las EPS, administradoras de riesgos laborales, entidades territoriales y otros actores que celebren acuerdos con prestadores de servicios o proveedores tecnológicos y en ningún caso a las aseguradoras SOAT. Por su parte, los PSS abarcan instituciones, profesionales de salud y empresas de transporte especializado, mientras que los PTS comprenden operadores logísticos, gestores farmacéuticos y otros proveedores involucrados en la gestión de tecnologías.

Este marco normativo, reglamentado mediante las resoluciones mencionadas y el Decreto 441 de 2022, establece la obligatoriedad de su cumplimiento en los acuerdos de voluntades que faciliten la prestación de servicios de salud y la provisión de tecnologías. Las disposiciones buscan garantizar la correcta articulación entre los actores del sistema de salud, promoviendo un enfoque integrado y eficiente en la atención sanitaria y la distribución de recursos tecnológicos, dentro de un marco regulado por el Ministerio.

El Ministerio de Salud anunció cambios en la transitoriedad de las Resoluciones 2284 y 2335 de 2023 mediante las Resoluciones 627, 636, 1885 y 1886 de 2024. Estas modificaciones establecen un cronograma gradual y progresivo para que los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud implementen las disposiciones normativas según su nivel de complejidad:

Grupo 1: Prestadores con servicios de alta complejidad deberán iniciar el 1° de febrero de 2025.

Grupo 2: Prestadores con servicios de mediana complejidad, a partir del 1° de abril de 2025.

Grupo 3: Prestadores con servicios de baja complejidad y proveedores de tecnologías en salud involucrados, desde el 1° de junio de 2025.

El listado detallado de los prestadores y proveedores obligados está disponible en el Repositorio Digital Institucional (RID) del Ministerio de Salud, a través de los siguientes enlaces:

Listado de prestadores de servicios de salud (PSS)

Listado de Proveedores de Tecnologías en Salud (PTS)

A partir de las fechas asignadas, las disposiciones serán de cumplimiento obligatorio para los servicios y tecnologías en salud. Las entidades responsables de pago no podrán exigir su implementación antes de los plazos estipulados.

Las Resoluciones 3047 de 2008 y 3253 de 2009, junto con sus modificatorias, mantendrán su vigencia hasta el 31 de marzo de 2026, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Resolución 2335 de 2023, modificado por las Resoluciones 636 y 1886 de 2024. Estas normativas permitirán que los servicios y tecnologías en salud prestados hasta el 31 de diciembre de 2025 sean gestionados bajo sus lineamientos, con un plazo adicional de 60 días hábiles para el trámite de glosas, conforme al artículo 57 de la Ley 1438 de 2011. A partir del 1° de abril de 2026, estas resoluciones quedarán derogadas.

Durante el periodo de transición establecido por la Resolución 3047 de 2008, las Entidades Responsables de Pago deben adherirse al listado de soportes definido en el Anexo Técnico No. 5 de dicha normativa, sin exigir elementos adicionales, y garantizar el envío del Registro Individual de Prestación de Servicios (RIPS) según la Resolución 3374 de 2000.

Adicionalmente, la exigencia del RIPS y del Código Único de Validación (CUV) como soportes de facturación electrónica en salud, conforme a la Resolución 2275 de 2023, se implementará progresivamente: desde el 1° de febrero de 2025 para servicios de alta complejidad, el 1° de abril de 2025 para mediana complejidad, y el 1° de junio de 2025 para baja complejidad y proveedores de tecnologías, en cumplimiento de la Resolución 2284 de 2023 y sus modificaciones.

Durante el periodo de transición definido por las Resoluciones 1885 y 1886 de 2024, las Entidades Responsables de Pago deberán aplicar el Manual de Glosas, Devoluciones y Respuestas del Anexo Técnico No. 6 de la Resolución 3047 de 2008, mientras que el nuevo manual del Anexo Técnico No. 3 de la Resolución 2284 de 2023 se usará progresivamente en las auditorías según el cronograma por grupos de prestadores. El Ministerio de Salud insta a las entidades del sector a implementar las Resoluciones 2284 y 2335 de 2023, con el objetivo de mejorar el flujo de recursos y garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud. La Superintendencia Nacional de Salud supervisará el cumplimiento normativo y promoverá el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, conforme al Decreto 1080 de 2021.

En conclusión, tenemos:

1. Marco normativo integral: Las Resoluciones 2284 y 2335 de 2023, junto con el Decreto 780 de 2016, establecen el marco regulador de los acuerdos de voluntades entre Entidades Responsables de Pago (ERP), Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y Proveedores de Tecnologías en Salud (PTS), promoviendo una atención sanitaria eficiente y articulada.

2. Implementación gradual: Las modificaciones de 2024 introducen un cronograma progresivo para implementar las disposiciones normativas según la complejidad de los servicios: alta complejidad desde febrero de 2025, mediana complejidad desde abril de 2025, y baja complejidad desde junio de 2025.

3. Transitoriedad normativa: Las Resoluciones 3047 de 2008 y 3253 de 2009 seguirán vigentes hasta marzo de 2026, permitiendo que los servicios y tecnologías en salud prestados hasta diciembre de 2025 sean gestionados bajo sus lineamientos, con un periodo adicional para el trámite de glosas.

4. Facturación electrónica y auditoría: La implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios (RIPS) y del Código Único de Validación (CUV) como soportes de facturación electrónica comenzará progresivamente en 2025, de acuerdo con el cronograma definido para cada nivel de complejidad.

5. Supervisión y fortalecimiento del sistema: El Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud supervisarán el cumplimiento normativo y fomentarán la implementación de las disposiciones, buscando optimizar el flujo de recursos y garantizar un acceso efectivo a los servicios de salud.


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