Resolución 3374 de 2000
RIPS - Archivo de usuarios US
2. Archivos de datos que transfiere la institución prestadora de servicios de salud a la entidad administradora de planes de beneficios en medio magnético.
2.4. Registro de datos relacionados con el servicio y el valor
Registro de datos para el archivo de usuarios de los servicios de salud
Dato | Descripción | Long. | Valor Permitido |
---|---|---|---|
Tipo de identificación del usuario | Tipo de documento de identificación del usuario | 2 |
CC = Cédula ciudadanía CE = Cédula de extranjería PA = Pasaporte RC = Registro civil TI = Tarjeta de identidad AS = Adulto sin identificación MS = Menor sin identificación NU = Número único de identificación |
Número de identificación del usuario en el Sistema |
Corresponde al número del documento de identificación del usuario o el que le asigne la entidad administradora del plan de beneficios en salud. Cuando un vinculado no presente documento de identificación asignar el número de historia clínica |
20 | |
Código entidad administradora |
Código asignado al administrador del plan de beneficios en el SGSSS. En blanco cuando hay servicios de salud particulares |
6 | |
Tipo de usuario | Identificador para determinar la condición del usuario en relación con el SGSSS | 1 |
1 = Contributivo 2 = Subsidiado 3 = Vinculado 4 = Particular 5 = Otro |
Primer apellido del usuario | Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada | 30 | |
Segundo apellido del usuario | Segundo apellido o de casada, para las mujeres. Diligenciable cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada. No es obligatorio | 30 | |
Primer nombre del usuario | Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada | 20 | |
Segundo nombre del usuario |
Diligenciable cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada. No es obligatorio |
20 | |
Edad |
Edad del usuario al momento de la prestación del servicio. Sólo debe diligenciarse obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada |
3 | |
Unidad de medida de la edad |
Identificador para determinar la medida de la edad. Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada |
1 |
1 = Años 2 = Meses 3 = Días |
Sexo |
Identificador para determinar el sexo del usuario del servicio de salud. Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada |
1 |
M = Masculino F = Femenino |
Código del departamento de residencia habitual |
Según la clasificación sociopolítica del DANE. Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada |
2 | |
Código de municipios de residencia habitual |
Según la clasificación sociopolítica del DANE. Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada |
3 | |
Zona de residencia habitual |
Identificador para determinar la zona de residencia del usuario. Diligenciable obligatoriamente cuando los servicios se hayan prestado a población vinculada |
1 |
U = Urbana R = Rural |